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Así quedan los nuevos aranceles para la importación de vehículos y motos

La medida busca proteger la industria nacional y entrará en vigor después del 8 de enero de 2026.

30 de diciembre de 2025 – 05:34 p. m.
FOTODELDÍA LIVERPOOL (Reino Unido), 25/02/2025. - Vista de un grupo de coches nuevos aparcados en la planta de Halewood de Jaguar Land Rover en Liverpool, Reino Unido, este martes. Jaguar Land Rover ha puesto en marcha un plan de despido voluntario que podría permitir la jubilación anticipada de hasta 200 empleados de su fábrica de Halewood, en Merseyside, donde fabrica los modelos Range Rover Evoque y Discovery Sport. Los despidos se ofrecerán de forma voluntaria a medida que la empresa se prepara para pasar a la producción de vehículos eléctricos. EFE/ Adam Vaughan
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Foto: EFE - ADAM VAUGHAN

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El Gobierno publicó un decreto que modifica el porcentaje arancelario para los vehículos y motos importadas que consumen combustibles fósiles (sea gasolina o ACPM).

El ministro de Hacienda, Germán Ávila, explicó que la medida busca proteger la producción nacional de dichos productos y desincentivar la importación. De ese modo “los crecimientos en la capacidad de consumo no se diluyen en la importación, sino que se traducirá en la generación de mayores empleos y producción interna”, explicó.

La medida fue publicada en el Decreto 1432 del 24 de diciembre de 2025 y modifica parcialmente el artículo 10 del Decreto 1881 del 30 de diciembre de 2021. Puntualmente, estos serán las nuevas tarifas arancelarias:

Tasa del 40 %

  • Cuatrimotos
  • Vehículos automóviles, tractores, velocípedos y demás vehículos terrestres, sus partes y accesorios.
  • Automóviles de turismo y demás.

Los anteriores solían tener aranceles del 35 %.

Tasa del 35 %

  • Vehículos automóviles, tractores, velocípedos y demás vehículos terrestres, sus partes y accesorios y motocicletas con motor de émbolo (pistón) de cilindrada inferior o igual a 50 cm3 (antes tenía el 15 %).
  • Con motor de émbolo (pistón) de cilindrada inferior o igual a 800 cm3 (antes del 30 %).
  • Con motor de émbolo (pistón) de cilindrada superior a 800 cm3 (estaba en 15 %).

La medida que se establece sin perjuicio de lo previsto en los tratados, convenios y acuerdos internacionales vigentes para Colombia en materia comercial.

La aplicación de las nuevas tarifas entrará en vigencia transcurridos quince de la publicación oficial del decreto, plazo que se vence el jueves 8 de enero de 202.

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