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Justo cuando el mundo, a través de la revelación de los Papeles de Panamá, les está sacudiendo los bolsillos a las empresas y personas que han escondido dinero mal habido, de lavado de activos o proveniente de actos de corrupción en paraísos fiscales, el Estado colombiano empieza a cerrarle aún más las puertas a este efectivo dañino para la economía del país. El pasado 21 de abril, la Superintendencia Nacional de Salud expidió una circular que obliga a los Agentes del Sistema General de Seguridad Social en Salud a reportar información financiera de todos los movimientos que haga el sector y a tomar medidas que ayuden a evitar que esa plata oscura se camufle entre las arcas de dichas entidades.
Tiene aplicación inmediata y está destinada a representantes legales, socios, accionistas, revisores fiscales del sector salud, y en particular a las entidades promotoras de salud (EPS) del régimen contributivo y subsidiado, a las instituciones prestadoras de salud (IPS) públicas y privadas, a las empresas de medicina prepagada y a las que prestan servicios de ambulancia prepagada.
Incluso va más allá y dice que el Sistema de Administración de Riesgo de Lavado de Activos y de Financiación del Terrorismo (Sarlaft) también deberá ser implementado por las empresas promotoras de salud indígenas (EPS-I) de cualquier régimen.
Como ocurrió con el sector financiero en los años 90, ahora las entidades del sector salud están obligadas a identificar las situaciones que generen riesgo de lavado de activos y financiación del terrorismo en las operaciones, negocios o contratos que realicen. Además, tener soportes de verificación de conocimiento de clientes y usuarios que tienen relaciones económicas con la empresa. Esa información debe ser firmada por los clientes y conservada por la entidad como mínimo cinco años.
Dichas entidades también tienen obligación con la Unidad de Información y Análisis Financiero (UIAF), pues con la implementación de todo el sistema preventivo deberán tener la capacidad de detectar una operación sospechosa y reportarla de manera inmediata a la Unidad. Para ese efecto no es necesario que la entidad tenga la certeza de que se trata de una actividad delictiva, ni que verifique que los recursos tienen origen ilícito, tan solo que sea sospechosa de acuerdo con los parámetros que ha definido en su Sarlaft.
También, los sujetos vigilados por la Supersalud y a quienes les compete esta circular (ver gráfica) deberán reportar mensualmente a la UIAF (dentro de los diez primeros días del mes siguiente) todas las transacciones en efectivo realizadas en un día por una misma persona, por un monto igual o superior a $5’000.000. Igualmente, para transacciones múltiples en efectivo realizadas por una persona o empresa en el mes anterior que iguale o supere los $25’000.000.
“Antes la gente hacia la trampa de que como ponían el tope de $5’000.000, entonces hacían varias de $4’000.000. Lo que esta norma tiene previsto es que si alguien hace movimientos por menos de $5’000.000, pero en el mes suma más de $25’000.000, lo tiene que reportar la entidad. Es para evitar que las personas hagan fraccionamiento, como otrora burlaban la norma en los bancos”, explica Alberto Lozano, exdirector de la UIAF.
En términos prácticos, ¿cómo se lavaría el dinero? Una persona con recursos ilícitos puede comprar un edificio y se lo renta a una EPS, entonces con el dinero limpio de la salud lavan el dinero sucio de un delincuente. También una empresa de estas puede terminar comprando equipos de contrabando, equipos médicos muy costosos que ingresan de manera irregular al país, y son adquiridos con plata limpia de la salud y termina en manos de delincuentes que hacen contrabando.
Los casos a la vista son varios y fueron un punto de partida para exigir más control a estas entidades. Por ejemplo, la trama que llevó a la cárcel por unos días en la Navidad de 2014 al exsuperintendente de Salud Gustavo Morales. Fue un caso público, pero en esta coyuntura le recordó a El Espectador que que en ese entonces evitó que la sociedad anónima Salud Andina del Atlántico fuera autorizada para ejercer como entidad promotora de salud (EPS). “Lo que sucede es que algunos prestadores de servicios (suministradores) en ciertas zonas están muy asociados a los poderes políticos locales y también con mafiosos. Recuerde que me opuse a esa habilitación, que estaba promovida por señores vinculados con paramilitares. Entonces, como se manejan tantos recursos, hay una inclinación al sector de salud”.
El período de implementación de cada uno de los puntos será hasta el próximo 19 de agosto y hasta el 17 de diciembre habrá espacio para enviar la documentación a la Supersalud. En caso de no cumplir con estos requerimientos, las multas son exorbitantes: hasta de 2.500 SMLMV ($1.723’637.500), así como a título personal hasta 200 SMLMV ($137’891.000).
Por el momento, hay seis grandes jugadores reportando información a la UIAF para prevenir el blanqueo de dineros: el sector salud, el financiero, comercio exterior, sector real (900 empresas más grandes del país), sector transporte y juegos y azar.
Se espera que en las próximas semanas se conozca la reglamentación para dos más: abogados y contadores. La Superintendencia de Sociedades ya lo ha anunciado y es una tarea pendiente del país con las normas internacionales. “Imagínese eso relacionado con el tema de los Papeles de Panamá”, concluye el exdirector de la UIAF.