Escucha este artículo
Audio generado con IA de Google
/
La Dian recordó a las personas naturales, sucesiones ilíquidas y personas jurídicas nacionales o extranjeras obligadas a declarar y pagar el Impuesto a la Riqueza y su complementario de Normalización Tributaria, que a partir del miércoles 11 de mayo de 2016 inician los vencimientos para la declaración y pago de la primera cuota de estas obligaciones.
Para presentar la declaración correspondiente a este tributo, previamente debe actualizarse el Registro Único Tributario (RUT) incluyendo la responsabilidad del Impuesto a la Riqueza. Esta declaración debe presentarse de manera virtual, haciendo uso del mecanismo para firma amparado en certificado digital, aclaró la entidad recaudadora.
Los representantes legales de sociedades y entidades extranjeras obligadas a cumplir estas obligaciones, pueden iniciar los trámites mencionados con la suficiente antelación, para evitar contratiempos en el cumplimiento de estas obligaciones, recordó la Dian.
Los plazos para presentar la declaración y pagar la primera cuota se hace de acuerdo con el último digito del NIT del declarante, sin tener en cuenta el dígito de verificación, resalta el informe de la Dian.