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Es miércoles, día de El Espectador le explica. La semana pasada hablamos de la salud en Colombia, de lo que estaba pasando con la Nueva EPS y con la Supersalud, un tema que nos tocaba a todos porque todos necesitamos, al menos una vez, un servicio médico. Y ahora el turno es para las pensiones. No es un asunto del interés y la atención de tantos por varias razones: muchos ya creen que no se van a pensionar, y quiero contar casos cercanos de mi familia que siempre he visto como el reflejo del resto del país, pues unos trabajaron más de 30 años en la informalidad, así que no hay camino de demostrar el tiempo laborado y tampoco el recurso ahorrado; y por el otro lado, en los más jóvenes que se fueron del país y, como se esperaba, ni un solo peso de su escaso ahorro -porque prefieren vivir el presente viajando por el mundo- se queda en Colombia. En la mitad estamos los que desde que comenzamos nuestro primer trabajo, hace más de 20 años, hemos ahorrado y tenemos la esperanza de sí llegar a esa fase de la vida con una pensión asegurada. Para completar la pirámide, unos pocos, porque los puedo contar con los dedos de una mano, que hoy están pensionados y viven de ese dinero. El mapa de mi familia se parece un poco al del resto del país, donde, según cifras oficiales, solo un colombiano de cada cuatro logra cruzar la meta en donde lo espera la pensión.
Este boletín, entonces, busca explicar la coyuntura que estamos viviendo para entender qué es lo que se está decidiendo sobre las pensiones en Colombia, pues han pasado varias noticias que merecen un poco más de contexto. Por ejemplo, ¿qué fue lo que decidió el consejo de Estado este martes que molestó tanto al Gobierno, tiene en alerta a los fondos privados y opinando a varios congresistas, justo por donde pasó la reforma pensional de la administración que ya va terminando? ¿Nos deberíamos preocupar, más de lo que ya estamos, los ahorradores? Y los pensionados, los que reciben su cheque, mes a mes, ¿qué? Los que se trasladaron a Colpensiones y los que se quedaron en los privados, ¿qué información tienen? Con la ayuda de los textos que han escrito los colegas de Economía, los de Política y los de Judicial, vamos a contarles todo lo que hasta el momento se sabe y lo que han detallado analistas y las demás partes que lideran todo este asunto del ahorro pensando en el futuro de los trabajadores colombianos. Con esto dicho, comencemos.
Destacado: En el sistema pensional colombiano conviven dos regímenes: el de prima media, administrado por Colpensiones, y el régimen de ahorro individual con solidaridad, donde están las cuatro administradoras de fondos de pensiones y cesantías privadas, Porvenir, Protección, Colfondos y Skandia.
Un poco de contexto para la noticia que está en boca de todos los implicados: el Gobierno firmó un decreto que obliga a los fondos privados de pensiones a trasladar de sus cuentas COP 25 billones a manos de Colpensiones. Asofondos, que es el gremio que defiende los intereses de esos fondos privados, aseguró den ese instante que se trataba de una acción que “atentaría” contra la sostenibilidad de todo el sistema. Analistas un lado aseguraban que el Ejecutivo sí podía hacerlo y tenía los argumentos para soportarlo. Los de la otra orilla hablaban de que era una acción ilegal. Entonces una demanda ante el Consejo de Estado buscaba dirimir las diferencias. La decisión, por ahora provisional, es que el alto tribunal suspendió dicho decreto, así que todo queda en pausa, hasta tanto se resuelva de fondo y el alto tribunal diga si se tumba o no el decreto por, contaban los colegas de Judicial, “ir en contra de la ley”.
Con la mirada por el espejo retrovisor, desde cuando la reforma pensional estaba en el proceso de debate y aprobación:
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Esta que les dejo a continuación podría ser la línea de tiempo para llegar a estos últimos días. La reforma pensional fue una de las propuestas desde tiempos de campaña. Llegó al Congreso, tuvo su trámite, como todas las demás, con altos y bajos. Al final, se aprobó. Pero luego de la firma del presidente Gustavo Petro, mucha agua ha pasado bajo el puente. En tiempos y fechas concretos, esta propuesta de la actual administración, que propone funcionar bajo el sistema de pilares, fue presentada al país en su primer borrador en marzo de 2023, un año largo pasó, se aprobó en junio de 2024, Petro la sancionó con su firma en julio del mismo año y tenía prevista como fecha de inicio julio de 2025. Es decir, ahí comenzaría a regir.
Pero cuando pasó a la revisión de la Corte Constitucional, se identificó un vicio de trámite, de procedimiento, entonces el texto volvió al Legislativo y se tuvo que repetir la votación en la Cámara de Representantes en junio de 2025, donde se ratificó el texto. Sin embargo, la reforma pensional, como un todo, sigue en revisión de la Corte Constitucional, con tan solo dos artículos vivos: “El que creó las Administradoras del Componente Complementario de Ahorro Individual (ACCAI) y el 76, que creó la oportunidad de traslado. Están vigentes porque en junio de 2025, cuando el alto tribunal decidió suspender la entrada en vigencia de la iniciativa, hizo esas dos excepciones”, contó Karen Vanessa Quintero Martínez en este texto y quien es la reportera que ha seguido todo este proceso desde el comienzo.
Ahora, si la Corte no ha decidido de fondo, ¿por qué el país está hablando otra vez de pensiones? Volvamos, en orden, a los últimos días de 2025 y los primeros de 2026, para que sea más sencillo de aclarar. Mientras en la Corte Constitucional separaban al magistrado Carvajal porque había sido asesor de Colpensiones cuando la reforma se estaba tramitando y entonces quedó en manos de un conjuez, el abogado Carlos Pablo Márquez; una renuncia en el ministerio de Hacienda izó todas las banderas rojas de alerta. En ese instante la agencia Bloomberg daba a conocer detalles del asunto: “Mónica Higuera renunció como directora de regulación financiera del ministerio de Hacienda en medio de la disputa por un decreto que obligaría a fondos privados de pensiones a invertir más en activos locales”, contaron.
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“Comparto plenamente la visión del proyecto que lidera el señor presidente”, dijo Higuera. “No obstante, se han tomado decisiones que no comparto, y esto hace que no pueda continuar en el cargo”, advirtió. Hasta ese momento se hablaba de supuestos, era en condicional, pero lo que sí estaba más que claro era que el Ejecutivo quería cambiar las reglas de la cancha en la que se estaban jugando las grandes ligas del negocio pensional: “Los fondos de pensiones privados gestionan alrededor de USD 140.000 millones en activos y poseen casi un tercio del mercado de bonos del Estado local, valorado en USD 183.000 millones”, contó la agencia especializada en información económica. De ahí que el asunto no era de poca monta.
Asofondos y Fasecolda, el gremio de los fondos privados y el gremio de las aseguradoras, señalaron que dicho decreto podría “reducir” el número de pensionados en el país, que quienes lograran pensionarse recibirían menos dinero mes a mes (hasta un 20 % menos) y que desprotegía “a los beneficiarios de pensiones de invalidez y sobrevivencia”, contó Diego Ojeda, el reportero que sigue los asuntos laborales en El Espectador. El Ejecutivo, por su parte, dejaba claro que la nueva medida, es decir, el ya ventilado decreto, no impactaría a Colpensiones ni a sus pensionados, y que solo estaba direccionado a los fondos privados.
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El 20 de enero fue el ministerio de Hacienda quien publicó para comentarios el proyecto de decreto que fijaba el nuevo tope de inversión en el exterior para el ahorro pensional que está en manos de los fondos privados, contaban los colegas de Economía. ¿Cómo se veía dicho escenario? Así: “Las AFP solo podrán invertir por fuera del país el 30 % del total del ahorro pensional de los colombianos”. “El decreto establece un régimen de transición. Los fondos tendrán un plazo de hasta cinco años para cumplir con el límite global de inversiones en el exterior. En los primeros tres años tendrán que llegar al 35 %”. El impacto, de acuerdo con fuentes del sector que le dijeron a El Espectador, “implica traer cerca de COP 100 billones en cinco años”.
¿Qué argumentos tiene el Ejecutivo para tomar dicha decisión y qué argumentos han entregado los fondos privados para rechazarla? “La propuesta se fundamenta en la necesidad de alinear el ahorro institucional de largo plazo con los requerimientos estructurales de inversión de la economía colombiana, particularmente en sectores con altos multiplicadores económicos como infraestructura, vivienda, energía y proyectos productivos, así́ como en el objetivo de profundizar el mercado de capitales local, ampliando su tamaño, liquidez y capacidad de financiar proyectos de largo plazo”, dijo la Unidad de Proyección Normativa y Estudios de Regulación Financiera (URF), una entidad adscrita al Ministerio de Hacienda.
En otras palabras, si la plata la entregan los ahorradores, la idea es que no se vaya a inversiones internacionales, sino que se quede en Colombia para incentivar esos sectores que tienen una buena cadena de subsectores, como la construcción y la infraestructura. Se crearía un ciclo virtuoso económico y más personas saldrían ganando en el país. Además, la estrategia busca agrandar el mercado de capitales local, que es muy pequeño. Así las cosas, sumando todos estos agregados, con cálculos del ministerio de Hacienda, “se generarían impactos positivos sobre el PIB potencial y la actividad económica” calculados en un crecimiento adicional en el Producto Interno Bruto nacional de 0,34 puntos porcentuales los próximos tres años.
En el papel, ¿qué cambiaría? “La medida establece un tope general de inversiones de 30 % para el capital que los fondos privados pueden manejar en el exterior. Hoy, el promedio del capital que las AFP tienen en mercados extranjeros ronda 50 % del total de recursos que manejan estas empresas”, escribió Santiago La Rotta, de la redacción de Economía.
Los fondos privados aseguran que se pone en riesgo la diversificación de inversión, que es una “práctica esencial” recomendada por la OCDE y el Banco Mundial. Simulaciones de ANIF aseguran que, si el ahorro pensional actual se hubiera invertido exclusivamente en activos locales, sería alrededor de 30 % menor del que existe actualmente. Para 2024, la cifra de ahorro habría disminuido en unos COP 145 billones, advierte el tanque de pensamiento, referenciado por La Rotta, quien también cita a Marc Hofstetter, profesor de la U. de los Andes, por medio de un análisis mucho más técnico que habla de las consecuencias:
“Cambiar esos umbrales tiene implicaciones distributivas severas: entre los perdedores habrá millones de colombianos, la mayoría con bajos ingresos, que recibirán menores rendimientos por sus ahorros para pensionarse. Los ganadores incluyen a porciones ricas de la población como los deudores en moneda extranjera o los dueños de los negocios más grandes del país que cotizan en bolsa o son tenedores de bonos y que ganarán con la inflación de sus activos. También legisla en causa propia el gobierno porque forzaría a que, con cargo a los ahorros de los futuros pensionados, le compren más de su devaluada deuda”. El documento del Gobierno, para ese instante, no resolvía “las dudas sobre los impactos para los cotizantes”, apuntaba Karen Vanessa Quintero Martínez en este otro texto.
Asofondos, una y otra vez, advertía la gravedad, en sus argumentos, de la decisión del Ejecutivo. Entró al debate el Banco de la República, quien dijo que si quiera contemplar el Traslado de ahorro de las AFP a Colpensiones era ilegal porque “no está autorizado por la ley”. Que de hacerse, “excedería, por lo tanto, las facultades reglamentarias del Gobierno”. Eso fue en marzo de 2026.
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El ministerio de Hacienda no solo le contestó al Emisor, sino que puso un argumento de base sobre la mesa, apelando a la reforma pensional, pues aseguró que desde julio de 2024 a la fecha, se han trasladado más de 122.000 afiliados de los fondos privados a Colpensiones, lo que representan aportes superiores a COP 25 billones. “De los trasladados se les ha reconocido la pensión a más de 24 mil afiliados, los cuales han sido atendidos y pagados por Colpensiones, representando aportes superiores a COP 5,4 billones”, resalta el ministerio. El argumento, entonces, es que los aportes de los afiliados permanecen en los fondos privados y eso crea una presión insostenible sobre las finanzas del fondo público. Por eso deberían viajar de Colfondos, Porvenir, Skandia y Protección hacia Colpensiones.
Fueron llegando más y más posturas, mientras que la reforma pensional seguía en el tintero de la Corte Constitucional y, finalmente, el Ejecutivo dio a conocer el decreto que puso otra vez el “país pensional” en debate:
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Como se esperaba, porque ya se había advertido, el Gobierno firmó el decreto y Asofondos estuvo en desacuerdo. Como siempre en todas estas decisiones, los que ahorramos quedamos en la mitad.
Para el caso de los que no se han pensionado, dice el decreto, el traslado de los recursos debe hacerse así: el 50 % en un término no superior a 20 días desde la entrada en vigencia del mismo y el 50 % restante en los 10 días siguientes. En cuanto a los que ya se pensionaron, el traslado debe hacerse en 15 días desde la entrada en vigencia del decreto. Eso fue el pasado 23 de abril.
Pero en rueda de prensa, Andrés Velasco, presidente de Asofondos, justo en medio del congreso del sector, dijo que la medida contradice una ley, específicamente, el artículo 76 de la reforma pensional, que hoy está vigente porque la Corte Constitucional no lo suspendió, en donde dice: “Los valores contenidos en las cuentas de ahorro individual de las personas que hagan uso de este mecanismo seguirán siendo administrados por las Administradoras de Fondos de Pensiones hasta el momento en que se consolide la pensión integral de vejez o la pensión de vejez del régimen anterior”.
El líder gremial recordó que el artículo 24 de la reforma (que sí está suspendido) definió que para asegurar la sostenibilidad del nuevo sistema pensional el Congreso de la República estableció la creación de un fondo de ahorro administrado por el Banco de la República. A este fondo, dice la ley textualmente, “debe entrar la totalidad de los ingresos por traslados que se materialicen en virtud de la oportunidad de traslado”. Así las cosas, “No habría base jurídica para solicitar los recursos de quienes no se han pensionado, ni de quienes ya se pensionaron porque la reglamentación y la ley son claras en que esos recursos deben ahorrarse”, dijo Velasco.
El asunto es que, con decreto en mano, no parecía haber marcha atrás, hasta cuando este martes 28 de abril, el Consejo de Estado suspendió precisamente el decreto que ordenó el traslado anticipado de ahorros a Colpensiones. “La Sección Segunda del Consejo de Estado acaba de suspender provisionalmente el decreto con el cual el gobierno de Gustavo Petro ordenó el traslado anticipado de ahorros de pensiones al fondo público (Colpensiones). El alto tribunal ordenó la medida cautelar mientras que estudia y resuelve de fondo la demanda con la que piden tumbar de tajo todo el decreto, por, supuestamente, ir en contra de la ley”, escribieron los colegas de Judicial.
En este texto nos explicaron: “El Consejo de Estado tuvo en cuenta que la medida podría ir en contra de lo que ya había establecido la Ley 2381 de 2024, que permitió, de manera excepcional, que algunas personas cambiaran de los fondos privados a Colpensiones. Sin embargo, dice el alto tribunal, “también dejó claro que el dinero ahorrado debía permanecer en los fondos privados hasta que la persona cumpliera los requisitos para pensionarse y consolidara su derecho a la pensión””.
Ahí quedó consignado el argumento jurídico del alto tribunal. El Gobierno no se quedó callado: “Los fondos privados quieren mantener su control y usufructo de los ahorros de los 120 mil trabajadores que se trasladaron a Colpensiones, incluyendo a los 25 mil que ya reciben sus mesadas pensiónales del Fondo Público. Se liberan de los ahorradores, pero se quedan con su dinero”, dijo el ministro de Trabajo, Antonio Sanguino.
Y el primer mandatario, como ya lo ha hecho en repetidas ocasiones, volvió a atacar a quienes no avalan sus decisiones y, de paso, otra vez habló de Constituyente: “El Consejo de Estado está vetando el traslado de los ahorradores que han pedido los ahorradores trabajadores. Le permite robar a los banqueros los ahorros de los trabajadores. Invito este primero de mayo al pueblo trabajador de Colombia a la movilización general, a defender el derecho a la pensión y a luchar para que bajen la tasa de interés y crezca el empleo. La asamblea constituyente es para aprobar las reformas sociales y enfrentar la corrupción. Un primero de mayo por la Asamblea Nacional Constituyente para hacer las reformas sociales de la gente”.
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Entonces, ¿en qué quedamos? Volvamos sobre esta síntesis que escribió Karen Vanessa Quintero Martínez para la edición impresa de este 29 de abril: “El principal argumento del Gobierno, y en el que basó su decreto, es que, como la reforma pensional está suspendida, las reglas de juego siguen siendo las establecidas en la Ley 100 de 1993. Y esa ley dice, en palabras simples que, si una persona se traslada, también se traslada la plata que tenía ahorrada. El problema es que el artículo 76 de la pensional, que está vigente, establece claramente que la plata de quienes usaron la oportunidad de traslado debe seguir en los fondos hasta que se cumplan los requisitos de pensión”.
El texto completo con el análisis más reciente está aquí, pero les dejamos este abrebocas donde mi colega detalla el paso a paso: “¿Qué pasa con quienes se trasladaron y ya cumplieron los requisitos de pensión? El Consejo de Estado no suspendió esta parte. La reforma pensional dice, en el artículo 24, que cuando los afiliados que se trasladaron se pensionen, los recursos pasarán al fondo de ahorro que administrará el Banco de la República. Ese artículo, a diferencia del 76, hoy no está vigente. Así las cosas, al menos hasta el momento, los fondos siguen obligados a transferir a Colpensiones cerca de COP 5 billones de quienes se trasladaron y ya cumplieron requisitos de pensión. Para cumplir esta orden, el Gobierno estableció un plazo de 15 días hábiles”.
Sin embargo, Andrés Velasco, presidente de Asofondos, hizo un llamado “respetuoso” al Consejo de Estado y a la Corte Constitucional para que “complementen esa medida cautelar” y se suspenda todo el decreto. “Mal haríamos en trasladar esos COP 5 billones, no sólo porque es ilegal, ya que contraviene el resto de la reglamentación, sino porque afecta el sueño de millones de colombianos de poderse pensionar”.
En eso estamos. En que los fondos deben girar, pero o los COP 25 billones, sino COP 5 billones. Que el gremio de los privados está esperando la decisión de fondo que tumbe todo el decreto. Que la reforma pensional sigue en estudio de la Corte Constitucional. Y que el sistema sigue aumentado su déficit: “La reforma pensional lleva más de 300 días suspendida y el limbo de la ley ya le está pasando factura al sistema”, concluye mi colega. Y yo vuelvo sobre mi reflexión inicial: no es un tema que le interesa a todo el país, está claro que solo uno de cada cuatro colombianos logra la pensión, pero más allá del debate político y las decisiones judiciales, todos los que algún día, hace más de 20 años, comenzamos a ahorrar, esperamos que se pongan de acuerdo en beneficio de los trabajadores colombianos. Nos vemos el próximo miércoles. Hasta pronto.
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