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"De esta manera, podrán acogerse a los beneficios del Decreto 045 de 2009, que les permitirá presentar las declaraciones de retención en la fuente de noviembre y diciembre de 2008, sin pago o con pago parcial según el caso, hasta el día 27 de febrero de 2009. En los mismos términos, podrán presentar la declaración del impuesto sobre las ventas del último bimestre de 2008 hasta el día 27 de febrero de 2009", indica el comunicado emitido por Superintendencia de Sociedades.
El Agente Interventor expedirá la respectiva certificación dentro de los ocho (8) días hábiles siguientes a la presentación de la solicitud en debida forma, en la que conste:
1. La calidad de proveedor de la empresa captadora intervenida.
2. El valor de la retención en la fuente a título de impuesto sobre la renta y de impuesto sobre las ventas, que corresponde a los periodos señalados, con base en la relación de facturas y documentos soporte que previamente a la expedición de la certificación se deben presentar al interventor.