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La advertencia por apertura de la ventanilla minera

“La Contraloría General de la República considera pertinente advertir sobre el riesgo que se presenta por la apertura de la ventanilla de solicitudes de títulos mineros sin haber evacuado la totalidad de las solicitudes en curso y sin contar con una plataforma tecnológica (Catastro Minero) adecuada y confiable que permita contar con una información óptima y actualizada”.

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Así, directamente, en una carta enviada a los ministros de Minas, Federico Renjifo; del Interior, Fernando Carrillo, y de Medio Ambiente, Juan Gabriel Uribe, como a la presidenta de la Agencia Nacional Minera, María Constanza Mejía, el ente de control le pidió al Gobierno que, ante el hecho de que la semana que viene se reabrirá la ventanilla de solicitud de títulos mineros, tenga en cuenta una serie de argumentos que probarían por qué esa reapertura sería contraproducente.

Dice la Contraloría que es importante advertir “sobre el daño que se ocasionaría al patrimonio ecológico del país, los eventuales problemas sociales y el posible incumplimiento de convenios internacionales sobre medio ambiente, por el otorgamiento de títulos mineros, sustracciones de áreas de reserva forestal y otorgamiento de licencias ambientales en las áreas de reserva forestal nacional y áreas protegidas”.

El documento contiene seis páginas en las que la contralora Sandra Morelli Rico hace toda una exposición, incluidos los antecedentes por los cuales, por ejemplo, el ente de control “desconoce el estado en que se encuentra el Catastro Minero colombiano, herramienta indispensable para el conocimiento, control y seguimiento de la titulación minera en el país, no obstante haber presentado Ingeominas el nuevo Catastro Minero el 1º de julio de 2008, éste no operó de manera adecuada, lo que en gran medida causó los graves problemas que originaron la suspensión de la ventanilla de solicitudes de títulos mineros”.

La Contraloría también deja claro que se debe hacer una advertencia “sobre el manifiesto quebranto de la Constitución y del Convenio 169 de la OIT, por la no realización de consulta previa para el otorgamiento de títulos mineros, la declaración de zonas mineras en tierras pobladas por comunidades étnicas y en áreas declaradas como estratégicas para la minería”. Y agrega, al final, que “esta advertencia se realiza sin perjuicio del control posterior a las acciones correctivas que se espera que se adelanten, para la debida gestión y protección de los recursos de interés del Estado”.

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