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Tasa de usura para 2008 es de 32,75 por ciento

La Superintendencia Financiera determinó que incurrirá en el delito de usura quien cobre intereses por encima de 32,75 por ciento anual en el primer trimestre del año.

02 de enero de 2008 – 07:10 a. m.

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La cifra significa un aumento de 0.86 puntos porcentuales por encima de la vigente hasta este 31 de diciembre de 31.89 por ciento.

Las tasa certificada por la Superfinanciera se aplica a las operaciones activas de crédito y para los efectos legales relativos a intereses, incluido el delito de usura.

Aplicará también para las ventas a plazo en cuanto al precio pendiente de pago, las operaciones de leasing operativo y financiero, el descuento de derechos personales o créditos de carácter dinerario y de valores o títulos valores y las operaciones de reporto o repo, simultáneas y de transferencia temporal de valores.

Igualmente, el organismo certificó en 21.83 por ciento el Interés Bancario Corriente para la modalidad de crédito de consumo y ordinario vigente entre el 1 de enero y el 31 de marzo de 2008, lo cual representa un incremento del 0.57 por ciento en relación con la anterior certificación (21.26 por ciento).

Entre tanto, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) señaló el límite de 32,75 por ciento anual como el interés aplicable para los contribuyentes que entren en mora con sus impuestos.

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