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1.- El fondo de este asunto es el siguiente: la familia Gilinski, tiempo después de haber vendido su participación mayoritaria del Banco de Colombia y cuando vino la caída mundial del precio de las acciones, pretendió recuperarse de esos eventos vendiendo las acciones que aún conservaba, no al precio de ese momento, sino a la valoración de años antes. Como Bancolombia, la nueva entidad, le dijo que no, entonces demandó. Los Gilinski pretenden, por la vía judicial, recuperarse de la crisis del 98.
Ellos eran accionistas mayoritarios del Banco de Colombia. En su momento hubo acuerdo total respecto de la operación de compra del mismo por parte del BIC. Este compró el 51% del Banco de Colombia y los Gilinski se quedaron como accionistas minoritarios de la nueva entidad. La valoración fue avalada por una firma independiente, ING Barinas, aprobada por las Asambleas de ambas entidades y aceptada en su momento por los vendedores. Hasta ahí todo perfecto. Vino la recesión económica y el precio de sus acciones, al igual que todas las del mercado, cayó, y ahí fue cuando cambiaron de parecer y pretendieron vendérselas al Banco por un valor superior. Y para ello han abusado del sistema legal colombiano.
2.- El banco ha interpuesto una demanda arbitral por las contingencias que tuvieren su origen en el antiguo Banco de Colombia y que fueren reveladas después de la transacción. Esa demanda terminó en un laudo arbitral a favor del banco por cerca de $63.000 millones. Lamentablemente fue objeto de anulación porque el Tribunal Superior de Bogotá estimó que los árbitros no eran competentes.
3.- La situación del banco es la misma, y estas sentencias no constituyen acontecimientos que puedan afectar el normal desarrollo de las operaciones del banco o sus resultados.
4.- Desde el inicio de las diferencias, el equipo de abogados del banco ha sido prácticamente el mismo, conformado por distinguidos profesionales de diferentes especialidades, fundamentalmente de derecho privado, constitucional y penal, que han atendido los procesos en Colombia y en el exterior.
5.- Demostrar lo que todos saben y es la realidad: todo lo que se hizo en la compra del banco de Colombia fue ajustado a las leyes colombianas y cumpliendo los más estrictos estándares internacionales.
6.- Las diferencias económicas ya fueron definidas por tribunales de srbitramento. La acción penal ya se archivó en una oportunidad y las pruebas que ahora se han allegado no comprometen en nada las responsabilidades de los directivos del banco, de manera que hay que esperar a que se pronuncien las autoridades.
7.- No sé a qué se refiere con el “curso extraño” de la denuncia penal. Nosotros consideramos, que pese a la inconformidad de la contraparte porque las decisiones le han resultado adversas, el proceso hasta la preclusión, se adelantó dentro del marco legal.
Lo extraño se presentó a partir de que asumió el conocimiento el doctor Diógenes Villa (ex fiscal que ordenó detenciones de directivos del banco), quien no solo no cumplió con lo ordenado por la Corte Constitucional sino que decretó una detención manifiestamente ilegal. Además, es extraño que después de más de siete años de investigación detallada, permanente y con doble instancia en todas las decisiones, cuando es obvio que los entes investigadores no han encontrado prueba alguna de irregularidad en la conducta de los administradores del banco, la contraparte esté alegando que se le han violado sus derechos.
8.- La decisión de detención se revocó por el propio fiscal que la había tomado, porque el error era de tal magnitud que resultaba imposible mantenerlo. Y posteriormente, otro fiscal de mayor jerarquía anuló toda la decisión.
9.- Vale la pena reiterar que el cambio de fiscales es una situación recurrente en la mayoría de procesos, por múltiples razones que van desde los retiros voluntarios hasta los permanentes reajustes que debe hacer la Fiscalía. Existen dos procesos penales. El primero por denuncia formulada por los delitos de utilización indebida de fondos captados del público, operaciones no autorizadas con accionistas y estafa, en el cual se falló a favor del presidente y vicepresidente del banco en el año 2004, y se archivó como cosa juzgada. Este proceso se revivió mediante una tutela fallada por la Corte Constitucional. En toda la actuación han intervenido aproximadamente cinco fiscales. El último fue cambiado el año pasado, pero en ninguno de esos casos la solicitud provino del Banco, o de sus abogados. Cuando se archivó el proceso anterior, meses después, un abogado presentó una denuncia contra funcionarios de la Superintendencia Bancaria de entonces, y contra la Junta Directiva del Banco de la República, pero no hay ninguna duda de que detrás de él deben estar las mismas personas que impulsaron el primer proceso pues a raíz del cambio de la fiscal (Guantiva) han salido a protestar. En este último caso hasta ahora sólo ha intervenido esta fiscal, quien tuvo el proceso tres años y hasta ahora estaba recibiendo las indagatorias. De manera que el cambio ningún perjuicio causa a la investigación.
10.- No lo estimo de esa manera, pues el cambio de asignación de un proceso es un mecanismo legal que la Constitución estableció como de competencia exclusiva del Fiscal General de la Nación. Él puede utilizarlo siempre que exista una razón importante, y en el caso de la doctora Guantiva es evidente que existía, tal como lo precisó el Fiscal en la resolución correspondiente.
11.- Sí. La carta es altamente sospechosa, pues sorprende que una fiscal a quien relevan del conocimiento de un caso tan complejo y debatido por los sujetos procesales, haya emprendido tal campaña, incluso atacando a su superior jerárquico, el Fiscal General, para tratar de no ser removida y continuar al frente del mismo. Ante tal actitud uno no puede dejar de preguntarse cuál será el interés de ella y por qué después de estar tres años al frente del proceso, sólo ahora que le quitan su conocimiento resuelve argumentar que la acción está próxima a prescribir. Por qué falta a la verdad diciendo que no sabe la razón por la cual el abogado defensor se enteró primero que ella de que se había decretado la resignación del proceso, si precisamente el abogado le informó por escrito que había sido expedida una resolución y que ya se le había notificado.
12.- El banco, a través de sus directivas, siempre ha manifestado que confía plenamente en las instituciones colombianas, entre ellas en la Fiscalía. Por eso precisamente ante conductas tan reprochables como la que tuvo el año pasado el fiscal Diógenes Villa al ordenar la detención del presidente y vicepresidente del Banco, siendo absolutamente claro que eso no era procedente; y la de la doctora Claudia Guantiva, quien revocó de oficio la preclusión que un año antes había decretado a favor del doctor Jorge Londoño, se han formulado las correspondientes denuncias ante la Fiscalía y tenemos la confianza de que esos hechos no quedarán impunes.
13.- De ninguna manera. Como lo han demostrado los resultados, en los últimos años esta entidad ha tenido un desempeño exitoso en todos los campos. Ha crecido anualmente a un ritmo superior al de la economía del país, se consolidó como la primera entidad bancaria e inició su proceso de expansión internacional. Goza de la mejor calificación del mercado otorgada por firmas independientes, y sus acciones se cotizan en las Bolsas de Colombia y Nueva York.
14.- La solidez de una entidad que mantiene indicadores de solvencia siempre suficientes y que además ha sido consistentemente reconocida como una entidad líder en la región.
La garantía que han tenido estos años y que seguirán teniendo de cumplimiento y seguridad.
15.- Lo único que ha hecho Bancolombia a lo largo de la última década y en todos los escenarios judiciales, es defenderse de las absurdas pretensiones de la familia Gilinski.
Ellos son los responsables de este proceso. Los administradores del Banco, junto con sus abogados, están defendiendo el patrimonio de sus accionistas que son más de 20 mil. Lo que ocurrió es que el año pasado se reabrió un caso juzgado y por eso hoy estamos en esto. Con todo, estamos respondiendo completamente tranquilos y seguros del transparente proceder de Bancolombia.