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Caso Uribe: suspenden reparto de tutelas a sala que revisará la apelación del fallo

Los magistrados que integran la Sala de Decisión Penal No. 19 del Tribunal Superior de Bogotá, a partir de ahora, tendrán la responsabilidad exclusiva de revisar si se absuelve o se condena al expresidente Álvaro Uribe Vélez en segunda instancia.

GRAFCVA631. VALENCIA (ESPAÑA), 23/05/2023.- Fotografía de archivo fechada el 09 de enero de 2023 del expresidente de Colombia Álvaro Uribe en el I Foro Internacional “Iberoamérica en la mediación y resolución de conflictos internacionales”, en Valencia (España). Una jueza colombiana negó este martes la preclusión del caso que se le sigue al expresidente Álvaro Uribe por presunto soborno de testigos, razón por la cual el exmandatario puede ir a juicio. La funcionaria señaló que tras analizar la defensa de Uribe y lo dicho por la Fiscalía, considera que sí hay pruebas de que el expresidente puede tener "la condición de partícipe" en el delito de soborno y manipulación de testigos. EFE/Biel Aliño
El expresidente Álvaro Uribe fue condenado, en primera instancia, a 12 años de prisión domiciliaria por los delitos de fraude procesal y soborno en actuación penal.
Foto: (EPA) EFE - Biel Aliño

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El Consejo Seccional de la Judicatura de Bogotá decidió suspender temporalmente el reparto de acciones de tutela a la Sala de Decisión Penal No. 19 del Tribunal Superior de Bogotá. La medida, que estará vigente entre el 5 y el 20 de agosto, incluye a los despachos integrados por los magistrados Alexandra Ossa Sánchez, Manuel Antonio Merchán Gutiérrez y María Leonor Oviedo Pinto.

La suspensión fue adoptada tras una sesión extraordinaria celebrada el 4 de agosto y busca que esa sala se concentre exclusivamente en el fallo de segunda instancia del proceso contra Álvaro Uribe Vélez. Esta instancia será la encargada de revisar el caso del expresidente y confirmar su condena, o declararlo inocente.

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La Judicatura consideró que la suspensión facilitará que los magistrados puedan enfocarse plenamente en resolver los recursos de apelación que se interpongan, sin interferencias de nuevos casos de tutela. Además, la medida busca garantizar que no existan conflictos de reparto ni se acumulen otros asuntos que dilaten la resolución del caso.

El proceso contra el exmandatario, que ha captado toda la atención nacional e internacional debido a su complejidad y trascendencia, llevó a que el Consejo Seccional aplicara el artículo 6 del Acuerdo PSAA16-10561 de 2016. Esta norma permite exonerar o disminuir temporalmente la carga de reparto a ciertos despachos judiciales cuando existan razones para hacerlo.

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Los magistrados que integran la Sala No.19 fueron oficialmente asignados desde el 1 de febrero de 2025, mediante un acuerdo expedido por la Presidencia de la Sala Penal del Tribunal. A partir de ahora, tendrán la responsabilidad exclusiva de revisar si se confirma, modifica o revoca la sentencia de primera instancia que condenó a Uribe Vélez a 12 años de prisión domiciliaria por los delitos de soborno en actuación penal y fraude procesal.

El fallo de segunda instancia debe conocerse antes del 8 de octubre, fecha límite para evitar la prescripción del caso. Esta no es la primera vez que se suspende el reparto a una sala del Tribunal por razones de carga o complejidad. Sin embargo, en este caso, el Consejo justificó la decisión en la “connotación nacional” del proceso penal contra Uribe.

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Mientras tanto, la defensa del expresidente mantiene activa una acción de tutela con la que busca revocar la orden de captura dictada junto con la condena el pasado 1.º de agosto. Aunque el Tribunal ya negó la suspensión provisional de esa medida, la tutela sigue en curso.

Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.

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