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Condenados sí pueden ser testigos de matrimonios: Corte Constitucional

El alto tribunal consideró que se estaba vulnerando el principio de igualdad.

25 de noviembre de 2015 – 05:17 p. m.

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La Sala Plena de la Corte Constitucional tumbó una serie de impedimentos que le eran exigidos a las personas que querían ser testigos de matrimonio en Colombia.

El alto tribunal tumbó los numerales ocho y nueve del Código Civil que le impedía a las personas que tenían antecedentes judiciales, es decir condenas, para ser testigos en este tipo de actos.

Igualmente se tumbaron los impedimentos que no le permitían a los extranjeros no domiciliados en Colombia. Para la Corte estas restricciones van en contra del principio de igualdad.

El demandante manifestó que no se justificaba una inhabilidad para que las personas que cumplieran su condena no pudieran participar como testigos.
 

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