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Condenan a la Nación por ataque de las Farc a patrulla de la Policía en Buenaventura

El Consejo de Estado determinó que los hechos ejecutados por el grupo guerrillero «implican una clara y grave violación del derecho internacional humanitario y puede ser constitutivo de un acto de lesa humanidad».

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La Sección Tercera del Consejo de Estado condenó a la Nación al pago de una indemnización a un comerciante y su familia que resultaron afectados tras el ataque ejecutado por las Farc en contra de una patrulla de la Policía Nacional en la madrugada del 21 de enero de 2007 en Buenaventura.

El comerciante resultó gravemente herido cuando salió a la calle a comprar el desayuno. En ese momento una carga explosiva ubicada por el grupo guerrillero detonó, causándole la muerte a seis personas, además de 14 heridos y millonarios daños a las vivienda ubicadas en la cercanía.

“El demandante perdió, cuatro dedos de su mano derecha, fuera de heridas en otras partes del cuerpo, (sordera, zumbidos en el oído derecho”, justo la mano que empleaba para sus actividades cotidianas”, precisa la demanda que fue revisada por el máximo tribunal de lo contencioso administrativo.

En el debate jurídico se avalaron las pretensiones de la demanda, considerando que la acción le causó daños morales y materiales hechos por los que deberá ser indemnizado. Sin embargo, el alto tribunal fue más allá y cuestionó el uso de artefactos explosivos en el marco del conflicto.

En su concepto esta es una práctica “atroz y reprochable”, reseñando que estos elementos han sido utilizados de manera común por las organizaciones y grupos armados insurgentes como las Farc en los sesenta años de conflicto armado. “Se trata de emplear un elemento de guerra que seriamente afecta no sólo los derechos, sino la dignidad de todo ciudadano”.

Estos explosivos son utilizados constantemente en planes, proyectos o actividades encaminadas a causar zozobra, miedo y a amedrentar a la sociedad, “quebrando en esencia el modelo democrático, vulnerando el derecho fundamental a la paz”, resalta la sentencia.

En su entendido los hechos que rodearon este ataque en contra de la población civil es “una clara y grave violación de los derechos humanos, del derecho internacional humanitario, y puede ser constitutivo de un acto de lesa humanidad. En cuanto a este último aspecto, la Sala puede afirmar que bajo un análisis contextual el uso de artefactos y explosivos en el marco del conflicto armado es una práctica.
 

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