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La Sección Tercera del Consejo de Estado compulsó copias ante la Fiscalía general para que se investiguen penalmente los actos u omisiones de los integrantes de los grupos paramilitares en la incursión violenta a la inspección municipal de Puerto Alvira en Mapiripán (Meta) 4 de mayo de 1998.
El alto tribunal ordenó adelantar un acto público de reconocimiento de responsabilidad por parte del Ministerio de Defensa y la Policía Nacional frente a los hechos demandados debido a la omisión y las fallas en el servicio.
“La declaración del Ministro de la Defensa de una política dirigida a corregir las fallas que permitieron la incursión de un grupo de paramilitares”. Dicho evento deberá ser trasnmitido por el Canal Institucional.
Igualmente se les deberá proveer a los familiares de las víctimas un tratamiento psicológico “que permita su reinserción social y la superación de las huellas de la guerra”. Esto debido a los daños morales causados.
Una veintena de personas fueron asesinadas por los paramilitares quienes tras sacarlos por la fuerza de sus hogares los torturaron y desmembraron. “Los asesinos afirmaron ser miembros de un grupo de autodefensas y calificaron de ayudantes de la guerrilla a las personas a quienes les propinaron la muerte”.
En el debate jurídico se determinó que el Ejército Nacional tuvo un “oportuno conocimiento” de la presencia de grupos paramilitares en la región lo que generaba un alto riesgo para los pobladores quienes en repetidas oportunidades habían pedido protección.
“Optaron por desestimar las distintas comunicaciones mediante los cuales los mismos pobladores y la Defensoría del Pueblo les informaron sobre la posible de los hechos en esta demanda”, señaló el Consejo de Estado al establecer la responsabilidad patrimoniales de las partes demandadas en este caso.
Igualmente se manifiesta la necesidad de investigar a todos los responsables de esta masacre, ya sean miembros de la Fuerza Pública o paramilitares. Para el Consejo de Estado esta incursión violó el Derecho Internacional Humanitario (DIH) y constituye un delito de lesa humanidad.
“Que lo analizado y resuelto en esta sentencia y dentro del presente proceso, sea tenido en cuenta en las actuaciones o procedimientos que se hayan abierto e instruido –si no han sido decididas definitivamente aún- a raíz del ataque realizado por paramilitares a la inspección judicial de Puerto Álvira, Meta, por razón de las posibles infracciones al Derecho Internacional Humanitario en los cuales se hubiese incurrido por parte de quienes participaron en esos hechos”, precisa la decisión.