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Condenan al Estado colombiano por crimen de la Guardia de Venezuela

La sentencia es por un asesinato que ocurrió en 1997, en Paraguachón (La Guajira).

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El Consejo de Estado condenó al Estado a indemnizar a los familiares de Alcides Rafael Pérez Pinto, quien fue asesinado en Colombia por miembros de la Guardia de Venezuela. Para los magistrados, las autoridades colombianas no cuidaron la frontera ni impidieron el crimen.

El 28 de febrero de 1997, Alcides Rafael Pérez Pinto, de 23 años, se encontraba en un bar de Paraguachón (La Guajira) con su padre, su hermano, su tío y su hijo, de 2 años. Cerca se encontraban dos miembros de la Guardia Venezolana, uno vestido de civil y otro con uniforme, que ingerían licor. El hijo de Pérez regó, por accidente, una bolsa de agua sobre uno de los uniformados, que se identificó como el cabo Flórez, quien se molestó y dijo que el menor debía “limpiarlo con la lengua”. Esto generó una pelea entre la familia del niño y los dos uniformados. Al sitio llegaron otros miembros de Guardia Venezolana, quienes cruzaron sin inconveniente la frontera, a pesar de que en el lugar había un puesto del entonces Departamento Administrativo de Seguridad (DAS). En medio de la discusión, un venezolano mató a Pérez de un tiro.

Ante la evidente negligencia de las autoridades colombianas, los familiares de la víctima demandaron a la Nación, esperando una indemnización. En medio del proceso, paradójicamente, las entidades del Estado se defendieron señalando a la Guardia Venezolana como la exclusiva responsable del crimen y agregaron que Pérez “debió actuar con debida diligencia, mesura y cuidado como un padre de familia”. También usaron como excusa que la muerte del colombiano ocurrió en “un sector que se conoce como tierra de nadie, porque no pertenece ni a Colombia ni a Venezuela”. Aseguraron, ni el DAS, que allí hacía presencia, ejercía control. Por último, concluyeron que era “imposible que el Estado pudiese prever este tipo de agresiones”.

El Consejo de Estado ratificó la sentencia de primera instancia, en la que condenaron al Estado a indemnizar a la familia de Pérez. En el fallo enfatizó que las autoridades colombianas sí tenían responsabilidad por no proteger a las personas que viven en el territorio nacional. Estableció que “los hechos muestran claramente la orfandad y desidia del Gobierno colombiano en prestar una adecuada vigilancia y protección a la frontera”. Y agregó que esa omisión fue la que propició los abusos de la guardia venezolana, que violó la soberanía nacional y, además, le causó la muerte a un ciudadano colombiano.

Por ello ordenó al Estado a reparar directamente a la esposa e hijos de la víctima, tras haber pasado 16 años del crimen. Por último, el Alto Tribunal concluyó que el Estado falló en el cumplimiento de uno de sus fines esenciales: “defender la independencia nacional”. “No cumplieron con el deber constitucional de defender a la población colombiana de la agresión injusta de fuerzas extranjeras”.

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