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Consejo de Estado debate ponencia que pide tumbar sanción disciplinaria contra Petro

En el documento se indica que la Procuraduría General le vulneró el derecho al debido proceso y a la defensa al exalcalde de Bogotá.

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Este martes la Sala Plena del Consejo de Estado iniciará el debate de la ponencia presentada por el magistrado Gerardo Arenas en la que se pide tumbar la sanción disciplinaria emitida por la Procuraduría General en contra del exalcalde de Bogotá, Gustavo Petro Urrego por las irregularidades en la planeación y ejecución del nuevo modelo de aseo en la capital de la República.

En el documento de 282 páginas el magistrado ponente indica que en el proceso disciplinario el Ministerio Público no realizó un exhaustivo análisis de las pruebas presentadas por la defensa de Petro Urrego con las que buscaba justificar la necesidad de implementar el programa Basura Cero en diciembre de 2012.

En este sentido se señala que el órgano de control disciplinario “no llevó a cabo un ejercicio de interpretación o delimitado destinado a establecer lo que, en términos de la norma, constituiría un riesgo grave para el medio ambiente a salud o la salud humana”. Esto haciendo referencia a uno de los cargos que emitió la Sala Disciplinaria contra el exmandatario distrital.

Este es uno de los principales puntos de debate puesto que para el magistrado ponente se ignoró por completo el estudio pericial solicitado por la defensa de Petro “a pesar de que las conclusiones de los estudios practicados en la actuación eran contradictorias, y que el informe elaborado por la Secretaría de Ambiente de Bogotá, que fundamentó en gran parte la decisión sancionatoria, fue cuestionado en términos metodológicos y de objetividad”.

La Sala Plena deberá estudiar si la Sala Disciplinaria no tuvo en cuenta todas las causas que motivaron al entonces Alcalde Mayor de Bogotá a implementar el mencionado modelo de aseo en la capital de la República. En este punto se señala que se denegó la prueba en contravía del derecho de la defensa del disciplinado.

“No puede proferirse fallo sancionatorio sin que obre en el proceso prueba que conduzca a la certeza sobre la existencia de la falta (…) ningún servidor público puede ser sancionado sin que obre plena prueba de que su conducta desconoció sus deberes funcionales”, precisa uno de los aparte de la ponencia que será estudiada a partir de las 9 de la mañana.

Igualmente se advierte que pese a que se hizo mención a Petro Urrego había incurrido en una irregularidad a la hora de emitir el acto administrativo que cambió el esquema de aseo violando para ello disposiciones constitucionales y legales nunca se pudo acreditar que con su actuar afectara la salud de los habitantes de la capital o el medio ambiente.

Para ello, resalta, no solamente basta con hacer menciones sino que se debe probar el daño que se cometió y en el caso de Petro Urrego éste no se puede inferir. Igualmente se considera que no se desmontó la justificación entregada por el mandatario distrital para celebrar contratos con la empresa Aguas de Bogotá S.A -filial de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá-.

Debido a esto se le pide a la Sala Plena tumbar la destitución e inhabilidad de 15 años para ocupar cargos públicos. La sanción fue emitida en diciembre de 2013 por la Procuraduría General, sin embargo sus alcances fueron suspendidos por una medida cautelar mientra por el mismo Consejo de Estado mientras se estudiaba la demanda de nulidad y restablecimiento del derecho. 

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