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Corte absolvió por falso testimonio a capitán que reconoció haber mentido en proceso por «falsos positivos»

El oficial recibió una rebaja de dos años en su condena por los hechos que rodearon la ejecución extrajudicial de cuatro jóvenes quienes fueron presentados como guerrilleros abatidos en combate.

06 de julio de 2015 – 04:21 p. m.

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La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia absolvió al capitán del Ejército, Jorge Mauricio Ramírez por el delito de falso testimonio pese a que aceptó haber reconocido faltando a la verdad en proceso que se le adelantó por su responsabilidad en los denominados «falsos positivos».

En un principio el oficial en retiro aseguró que los cuatro jóvenes presentados como guerrillero abatidos en combate hacían parte de un grupo guerrillero. Sin embargo, luego reconoció haber mentido en su declaración bajo la gravedad del juramento.

Sin embargo la Sala aceptó los argumentos presentados por la defensa del procesado quien presentó la figura de la no autoincriminación. Ante esto se rebajó la condena del excomandante del batallón de infantes No. 47 del Ejército de 26 a 24 años de prisión.

«La defensa material entraña para el procesado la posibilidad de ser escuchado o de guardar silencio, lo que le permite optar libremente por negar o admitir su responsabilidad en los hechos que se investigan. Eso significa que no puede ser obligado a incriminarse. En ese orden, bien podría el implicado callar, aceptar, negar, inculpar a otros, ignorar, justificar, incluso mentir, pero en todo caso no puede exigírsele que confiese, mucho menos que declare acerca de su propia conducta bajo la gravedad de juramento, porque tal eventualidad está proscrita en el marco del ordenamiento colombiano», precisa uno de los apartes de la decisión.

En este sentido hizo un llamado de atención frente a este tipo de casos asegurando que esta figura no es un asunto «simplemente decorativo» sino que se trata de «un derecho de raigambre constitucional (…) que por cierto, no es novedoso en nuestro sistema jurídico».

La Corte, al resolver el recurso de casación, dejó en firme todo el resto del fallo emitido por el Tribunal Superior de Sincelejo, que sentenció al militar por la ejecución extrajudicial de cuatro jóvenes presentados como guerrilleros en combate en hechos registrados en el departamento del Chocó, donde fueron trasladados con una falta oferta de trabajo.

Según la investigación, el capitán fue el encargado de adelantar el informe en el cual se certificó la muerte de los cuatro jóvenes. Sin embargo, dos años después de su primera declaración aseguró que había mentido e indicó que iba a votar todo sobre lo que ocurrió realmente.

El alto tribunal ratificó la sentencia por el delito de fraude procesal, indicando que su informe había afectado el curso de la investigación que se adelantó en la justicia penal militar.

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