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Corte Constitucional dejó en firme ley antidiscriminación

Se consideró que no se necesitaba la consulta previa a comunidades indígenas y afrodescendientes como lo indicaba la demanda.

10 de abril de 2013 – 03:41 p. m.

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La Sala Plena de la Corte Constitucional declaró exequible la ley 1482, más conocida como la ley antidiscriminación, en la cual se tipifican como delitos los actos que tengan relación con el racismo, homofobia, xenofobia y apología al genocidio.

En la decisión se manifestó que en este caso no se requería la consulta previa a comunidades indígenas y afrodescendientes puesto que son normas penales que no las afectan directamente sino que están dirigidas a la protección de toda la sociedad.

Igualmente el alto tribunal rechazó los argumentos de la demanda al considerar «los principios de consecutividad e identidad flexible».

En la discusión el magistrado ponente Luis Ernesto Vargas Silva salvó parcialmente su voto por considerar que las expresiones “racismo”, “raza”, “etnia” y “comunidad o pueblo” sí debieron ser consultadas.

Sin embargo, vale recordar que existe otra demanda en contra de esta ley en la cual hace un mes el procurador General, Alejandro Ordóñez presentó recurso concepto indicando que se debe declarar inconstitucional. (Ver ‘Peros’ a la Ley Antidiscriminación)

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