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Desde el año pasado cuando se declaró el estado de cosas inconstitucional en los centros de detención transitorios por vulneración masiva de derechos de la población privada de la libertad, la Corte Constitucional no ha dejado de hacer pronunciamientos sobre la crisis carcelaria que, considera, se debe superar. Esta vez, el alto tribunal amparó los derechos a la vida digna, dignidad humana y a la salud de 36 personas privadas de la libertad quienes reclamaban malas condiciones de salubridad, escasa alimentación, hacinamiento, entre otras situaciones que estaban padeciendo en la cárcel La Picota de Bogotá.
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Con ponencia del magistrado Jorge Enrique Ibáñez, la Sala Segunda de Revisión de Tutelas, protegió los derechos de los privados de la libertad porque para 2020 cuando presentaron el recurso había una situación grave de hacinamiento. Aunque es posible que las condiciones hoy en día hayan mejorado, el fallo de tutela llama la atención sobre algunas situaciones que puede que no mejoraran con el pasar del tiempo y, situaciones que, a lo mejor, no se tuvieron en cuenta en las decisiones anteriores emitidas.
El fallo de tutela de 90 páginas dice que, aunque el espacio físico estaba dispuesto únicamente para 812 personas, en el lugar había 5.066. Es decir, una sobrepoblación del 465 %, eso sin contar que denunciaban que las condiciones de infraestructura no eran las mejores. “Parte de los pabellones están destruidos; no hay suficientes camas, la mayoría debe dormir en los pisos, baños y rotondas de los patios; solo aquellos que tienen recursos para pagar tienen acceso a una celda, pues estas son asignadas por las personas que manejan los patios, quienes realizan cobros ilegales a los privados de la libertad”, denunciaron en su momento.
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Las condiciones, a juicio de los privados de la libertad, eran tan deplorables que ni siquiera les entregaban, por parte de los guardas del Inpec, los implementos de aseo que por ley deben recibir. Y, que tampoco tenían escobas, traperos o recogedores para hacer el aseo de los pabellones lo que culminaba en presencia de roedores e insectos que hacían sus condiciones de vida inhumanas. “Como consecuencia del hacinamiento, las malas condiciones de aseo y la falta de fumigaciones, el centro penal está infestado de vectores y ratas”, dijeron en la tutela.
La situación de los privados de la libertad hace parte de un grueso expediente que reposa en la Corte Constitucional en donde le siguen de cerca el rastro a las decisiones que se toman a favor de la población carcelaria, pues en tres ocasiones el alto tribunal ha llamado al atención con la declaratoria de los estados de cosas inconstitucional. En enero pasado, por ejemplo, exhortó al Gobierno de Gustavo Petro a que implementara en el Plan Nacional de Desarrollo mecanismos tendientes a mejorar las condiciones de vida de los privados de la libertad.
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En esta ocasión, tras conocer la situación de los 36 privados de la libertad durante la pandemia generada por el Covid-19, la Corte ordenó una serie de directrices encaminadas a mejorar sus condiciones. Aunque la tutela fue presentada en 2020 y la primera decisión judicial llegó para esa época, el alto tribunal dejó claro, con ponencia del magistrado Ibáñez que, el Inpec y la dirección de la cárcel debe implementar un plan de mejora de limpieza en el centro carcelario y que este se debe fumigar al menos cada cuatro meses.
La Corte también les ordenó a las mismas autoridades que se adelanten investigaciones que permitan poner en evidencia las presuntas irregularidades en el proceso de asignación de celdas en el establecimiento y, si es el caso, iniciar los procesos disciplinarios. Esa situación no es ajena a las autoridades. En múltiples ocasiones se ha denunciado de los privilegios que pueden tener algunos reclusos que cuenta con una situación económica.
Sobre la alimentación, el alto tribunal también dijo que se deben iniciar investigaciones por la forma en la que se está llevando a cabo el proceso de distribución de los alimentos a los privados de la libertad.
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