Publicidad

Corte insta a Mininterior evitar trabas en protección a desplazados

La Corte Constitucional hizo ese pronunciamiento después de que el Ministerio de Interior y de Justicia le pidiera tiempo y varios documentos que probaran su vulnerabilidad para brindarle protección a una mujer víctima de tortura por parte de las Farc.

06 de febrero de 2009 – 07:52 a. m.

Escucha este artículo

Audio generado con IA de Google

/

La Corte le dijo al Ministerio de Interior y de Justicia que "en estos casos resulta aplicable una presunción de riesgo en virtud de la cual aquellas personas que logren la acreditación de determinados hechos, son relevados de la carga consistente en conseguir la demostración efectiva y plena de la totalidad de los elementos de riesgo y amenaza".

La mujer que interpuso la demanda y causó el pronunciamiento de la Corte había sido declarada objetivo militar por parte del Frente 21 de las Farc desde octubre de 2007; desde su residencia original, se fue a vivir a Ibagué con sus cuatro hijos, donde siguió siendo víctima de innumerables amenazas.

Dijo además que el Frente 21 de las Farc la habían amenazado, le habían amputado dos dedos de la mano derecha y además le habían desfigurado el rostro.

"Las amenazas persistían en contra de mi vida, integridad y la de mi familia, después de haber estar ubicada en la ciudad de Ibagué por mas de tres años y escondiéndome de un lado a otro, llegaron nuevamente estos terroristas y me sacaron de mi sitio donde ya creía estar terminado mi problema en vista de esto tomé la decisión de trasladarme a la ciudad de Bogotá en Octubre del 2007 y presentar mi solicitud de vinculación al Programa de Protección liderado por el Ministerio del Interior y de Justicia", le dijo la mujer a la Corte Constitucional en su escrito de tutela, agregando además que ya habían matado a su papá, a un hermano y a un sobrino.

Pidió entonces a Mininterior que la incluyeran en un programa de protección; la entidad nunca le contestó y por eso ella decidió regresar a ibagué en febrero de 2008, pero de inmediato los guerrilleros la amenazaron y tuvo que volver a Bogotá.
Después de presentar dos derechos de petición para que el ministerio le respondiera sobre su petición, la mujer recibió respuesta por parte de un apoderado, que indicaba que le habían delegado la seguridad de la demandante a la Policía Nacional, mientras una comisión determinara cuál era el grado de riesgo de la mujer.

La mujer indicó ante la Corte que "la Policía Nacional no me ha brindado ninguna medida de protección, dado que por razones obvias, no tengo una residencia fija, como tampoco he recibido llamada por parte de la policía que demuestre su preocupación por la situación de seguridad por la que estoy atravesando".

Con esto la Corte Constitucional ordenó al Ministerio de Justicia a que le prestara la seguridad pertinente en un término de 5 días, además a que le indicara las razones por las que decidió tomar esas medidas, para de esta manera garantizarle sus derechos. 

Conoce más

 

Comentarios
Sin comentarios aún. Suscríbete e inicia la conversación

Inscríbete a nuestros newsletters

Lo bueno que es estar informado y de una manera diferente desde tu correo electrónico.

Selecciona los newsletters que quieres recibir
Al inscribirte, aceptas nuestros T y C y nuestra Política de privacidad.
Infórmate rápido