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Corte se extralimita al considerar el aborto como derecho fundamental: Procurador

El jefe del Ministerio Público solicitó que se anule un nuevo fallo a favor de su práctica.

13 de diciembre de 2010 – 12:36 p. m.

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El Procurador General de la Nación, Alejandro Ordóñez, dijo que la una Sala de Rvisión de la Corte Constitucional se extralimitó en sus funciones, porque considera que elevó el aborto a la calidad de derecho fundamental con su determinación.

Dice que los magistrados de la Corporación que decidieron el caso a través de la sentencia T-585 de 2010 se atribuyeron facultades que radican en el Legislativo, el Consejo de Estado y hasta en las del ciudadano.

“Se extralimitó en sus funciones y se abrogó competencias que le corresponden directamente al Constituyente Primario, así como competencias del Legislador, de la Sala Plena de la Corte Constitucional, del Consejo de Estado, del Gobierno Nacional y de las entidades administrativas”, dice el Procurador.

En la decisión, la Corte protegió los derechos fundamentales de una mujer que exigía la práctica de un aborto inducido por parte de Hospital Departamental de Villavicencio E.S.E., al poner de presente un diagnóstico médico en el que se advertía riesgo para su salud, con ocasión de su embarazo.

Allí la Corporación alude a la interrupción voluntaria del embarazo (IVE) como un derecho fundamental, lo cual fue objeto de controversia por parte del Ministerio Público, que solicitó la nulidad de la sentencia emitida por la Sala Octava de Revisión.

“En definitiva, (i) el hecho de no proceder a un diagnóstico oportuno e integral  ante la reiterada manifestación de la peticionaria de su deseo de someterse a la IVE debido a los graves síntomas que padecía, aunado a (ii) la falta de remisión inmediata de la accionante a una consulta psicológica desconocieron la fase de diagnóstico del derecho fundamental de la actora a la IVE”, concluye la sentencia.

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