Escucha este artículo
Audio generado con IA de Google
/
Por primera vez en la historia, la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia revocó un proceso de extinción de dominio, luego de encontrar errores de procedimiento que terminaron afectando a terceros dentro del caso del extinto narcotraficante del cartel de Cali Roberto Juri, alias "El Turco".
Se trata de una planta en la que funcionaba una embotelladora de gaseosas y que fue adquirida por un tercero, sin que hubiera sido notificado acerca del estado del inmueble, por cuanto resultó afectado sin tener parte en el proceso.
La Corte, por su parte, encontró que el proceso adelantado en 2007 había terminado vulnerando los derechos de quien adquirió el bien, pues su procedencia presuntamente ilícita no tenía nada que ver con su actuación.
"No se trata de aplicar medidas contra los interesados y familiares dentro del proceso sino de proteger a terceros, pues en este caso el nuevo propietario del inmueble, de haber conocido el estado de la propiedad, hubiese tomado otra decisión para no salir afectado por la medida de extinción del dominio", sostuvo la Sala Penal.
En consecuencia, lo Corporación dejó sin efectos la acción de extinción del dominio por más de 2.000 millones de pesos, en tanto que le solicitó a la Corte Constitucional que revise el fallo de tutela que cobija los derechos de la persona que compró el inmueble.