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Casi tres años después de que se aprobara la creación de la Comisión Nacional de Disciplina Judicial, en sus despachos no hay sino magistrados y funcionarios interinos o con periodos vencidos en la Rama Judicial. En otras palabras, no hay uno solo magistrado formalmente posesionado en la entidad que se encarga de, nada más ni nada menos, que juzgar disciplinariamente a los funcionarios y empleados judiciales. A pesar de que la ley estableció que a más tardar un años después de aprobada la norma, la Comisión debía entrar en vigor, no hay señales de que esto sea posible, a pesar de que ya pasó más de un año.
(En contexto: Nuevo reversazo a la conformación de la Comisión de Disciplina Judicial)
Esta situación fue duramente criticada por la Corporación Excelencia en la Justicia y Dejusticia, dos de las organizaciones más respetadas en materia de justicia en Colombia. En una petición oficial que le hicieron al Ministerio de Justicia y a la Judicatura, las ONGs les pidieron que tramiten ante el Congreso, de manera urgente, la regulación necesaria para realizar la convocatoria de la Comisión Nacional de Disciplina Judicial para resolver los problemas que ha evidenciado el Consejo de Estado.
Según el alto tribunal, existen varios problemas en lo que tiene que ver con la reglamentación de la convocatoria para elegir a los miembros de la entidad. Durante por lo menos un año, el Consejo de Estado viene advirtiendo que la Judicatura o el Ministerio de Justicia debe reglamentar estas convocatorias para que no haya ilegalidades a la hora de nombrar a quienes investigarán y sancionaran a funcionarios de la Rama Judicial. Por esto mismo, el alto tribunal ha suspendido, por lo menos dos veces el proceso de elección.
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Comisión Nacional de Disciplina Judicial “es un órgano muy importante, porque conoce de las faltas disciplinarias e impone sanciones en el sistema judicial. Estas faltas pueden ser incumplimientos de los deberes legales y actuaciones irregulares o ilícitas, que incluyen conductas asociadas a actos de corrupción y comportamientos antiéticos o desleales. Este órgano puede imponer sanciones como multas, la suspensión del cargo, la destitución e incluso inhabilidades para ejercer cargos públicos por un tiempo determinado, según el caso”, aclara la Corporación Excelencia en la Justicia y Dejusticia.
De acuerdo con los datos que manejan las organizaciones, cinco de los siete magistrados que componen la Comisión están nombrados provisionalmente “y los dos restantes que están en propiedad (el presidente y la vicepresidenta de la Sala) tienen el periodo constitucional vencido con casi 10 años ejerciendo dicho cargo, cuando el tope máximo debería ser de 8 años”. Para las organizaciones, esta situación afecta de manera directa la legitimidad de la entidad que, a pesar de su situación actual, sigue siendo la máxima autoridad disciplinaria de los jueces.
(Aquí puede leer el comunicado completo de las dos organizaciones)