El fallo que salvaría al Deportivo Pereira de su liquidación

La corporación confirmó la decisión de un juez que aprobó la reorganización de la Corporación Social, Deportiva y Cultural (Corpereira).

Álvaro de Jesús López Bedoya y Mario de Jesús Arboleda Díaz, quienes fueron dirigentes del Pereira, presentaron una tutela alegando protección de los derechos al debido proceso y defensa.  / Cortesía @Corpereira
Álvaro de Jesús López Bedoya y Mario de Jesús Arboleda Díaz, quienes fueron dirigentes del Pereira, presentaron una tutela alegando protección de los derechos al debido proceso y defensa. / Cortesía @Corpereira

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La Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia, con ponencia del magistrado Aroldo Wilson Quiroz Montalvo, confirmó el falló de un juez que aprobó la reorganización de la Corporación Social, Deportiva y Cultural del Pereira (Colpereira), para que no sea liquidada. (Le podría interesar: Un camino con espinas: Deportivo Pereira cumple 74 años de historia)

El pleito tuvo origen porque un grupo de acreedores solicitaron un acuerdo de reorganización, por lo que llevó a que un juez convocara una audiencia para el 3 de octubre del año pasado. La petición fue aprobada, pero debían hacerse unas correcciones al acuerdo y para ello tenían un término de ocho días.

El 2 de abril de este año el juez negó la solicitud de reorganización y ordenó la liquidación de (Colpereira). Con base en esa decisión, Álvaro de Jesús López Bedoya y Mario de Jesús Arboleda Díaz, quienes fueron dirigentes del Pereira, presentaron una tutela alegando protección de los derechos al debido proceso y a la defensa.

Al revisar el caso, la Corte Suprema determinó que el despacho que tomó la decisión cometió un error porque, al negar la solicitud de reorganización, desconoció el artículo 66 de la Ley 1116 de 2006, que fija los acuerdos de reorganización dentro de un proceso de liquidación. (Le sugerimos: Deportivo Pereira pagará deudas hasta 2034)

“Una limitación como la invocada por el juzgado accionado deja al descubierto la trasgresión del derecho a la defensa de los gestores del amparo, en su condición de acreedores de Colpereira”, precisó la Sala Civil.

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