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De acuerdo con la investigación, el matrimonio González Arana y Noguera Pardey, para el periodo comprendido entre el 12 de Febrero de 2004 y septiembre 30 de 2006, no se justificó un incremento patrimonial acumulado, valorizado en 1.783 millones 588 mil 858 pesos.
El Ministerio Público concluyó que se encuentra plenamente demostrada la existencia del incremento patrimonial no justificado, a partir de dos situaciones irregulares concretas que determinan su origen.
La primera se relaciona con la diferencia que se presenta entre las fuentes de recursos probadas en la actuación disciplinaria y los egresos que se causan, en forma desagregada mensual, desde febrero de 2004 hasta septiembre de 2006.
La segunda corresponde al comparativo que se establece entre los recursos susceptibles de ser manejados a través de entidades bancarias y los depósitos efectivamente realizados en los establecimientos financieros del País.
"En atención a las circunstancias de tiempo, modo y lugar en que el matrimonio González Noguera, efectuó sus inversiones y los evidentes esfuerzos para evadir los mecanismos de control del Estado y los diversos procedimientos irregulares empleados para justificar las notorias diferencias patrimoniales, la Procuraduría calificó la falta como gravísima a título de Dolo", agregó el Ministerio Público.