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El abogado Jairo Vargas Huertas no podrá volver a ejercer su profesión, luego de que la Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura lo excluyera de la misma por haber retenido unos 27 millones de pesos a su cliente, Hernando Orjuela Prada, indemnizado por la municipalidad de El Espinal, Tolima.
El jurista había llegado a un acuerdo con su poderdante para que se le concediera un margen del 25% del valor del pago, en caso de que la justicia contencioso administrativa le concediera la demanda de reparación por daños y perjuicios del afectado, en estado de cuadriplejia desde 1994, tras ser víctima de un accidente de tránsito en una moto.
El Tribunal Administrativo del Tolima, tanto como el Consejo de Estado, le dieron la razón al demandante y se ordenó a la Alcaldía de El Espinal pagar una indemnización de más de 427 millones de pesos al accionante.
Antes del fallo emitido en primera instancia por el Juzgado Civil del Circuito del Espinal, el abogado llegó a un arreglo con Orjuela Prada para que su participación no fuera del 25% sino del 50 y le pidió autorización para recibir los pagos ordenados a la administración municipal.
En 2006, el jurista Vargas Huerta recibió varios pagos de entre 75 y 90 millones de pesos, hasta hacerse a 240 millones, 27 más de lo acordado con su cliente.
Hasta entonces, la deuda que tenía el municipio con el afectado era de unos 187 millones de pesos, pero el abogado renegoció el monto con la Alcaldía, dentro de sus facultades legales, para dejarlo en poco más de 103 millones de pesos.
El abogado nunca consultó a su cliente para llegar a este nuevo acuerdo y además se quedó con los 240 millones de pesos que hasta ese momento había recibido, cuando parte de ese dinero no correspondía a sus honorarios sino a su poderdante.
“No pueden utilizar a su antojo dineros que no son suyos sino de las personas que depositaron en ellos su confianza con miras a solucionar sus conflictos con terceros (…) pues por este camino lejos de cumplir con su papel como colaboradores para la administración de justicia, se convierten en otro factor de incertidumbre y generador de conflictos, contrariando la razón de ser del ejercicio de esta noble profesión”, señaló el Consejo Superior, confirmando el fallo de primera instancia del Seccional del Tolima.