La Juez 59 Penal Municipal, con funciones de Control de Garantías, señaló no ser competente para resolver la petición formulada por un defensor de las víctimas, en el sentido de decretar nulidad de los preacuerdos realizados entre los procesados Daniel Ángel Rueda y Margarita Pabón, socios de la firma DMG, y la Fiscalía.
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En la audiencia pública, la Juez indicó que su despachó no es competente para ejercer control de legalidad sobre los preacuerdos alcanzados el 9 de enero último, y sostuvo que el estudio de esa petición atañe al Juzgado Cuarto Especializado de Bogotá, con funciones de Conocimiento, que está a cargo de la etapa de juicio en el proceso DMG.
Así, el próximo 5 de febrero, luego de que se cumpla la audiencia preparatoria de juicio en contra de David Murcia Guzmán, el Juez, con funciones de Conocimiento, decidirá la procedencia o improcedencia de la…
Así, el próximo 5 de febrero, luego de que se cumpla la audiencia preparatoria de juicio en contra de David Murcia Guzmán, el Juez, con funciones de Conocimiento, decidirá la procedencia o improcedencia de la nulidad solicitada por la defensa de las víctimas.