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La Corte Suprema de Justicia determinó que el hecho de intimidar a una persona para doblegarla ya configura una razón de peso para que una persona ejerza su derecho a la legítima defensa. Esto, tras el caso del fiscal Andrés Echeverría, quien en enero del año pasado, se vio amenazado por un hombre que quería robarle una de sus cadenas de oro mientras iba en su vehículo. Según relata el fiscal, el delincuente aprovechó que la camioneta se encontraba detenida en un semáforo y se acercó mostrándole un arma de fuego.
(En contexto: ¿Cuál es el límite para la legítima defensa?)
Ante la amenaza Echeverría “reaccionó inmediatamente y disparó contra el referido agresor, quien recibió el impacto de bala en el cuello que derivó en la pérdida de la sensibilidad y movilidad en sus extremidades”.Tras los hechos, la Fiscalía solicitó a la Corte la preclusión del caso debido a que el hombre “actuó en legítima defensa, pues los hechos muestran la puesta en peligro de su vida e integridad personal al verse intimidado por un sujeto que le apuntó con un arma”, se lee en la sentencia del alto tribunal.
La Corte Suprema, basándose en su propia jurisprudencia, fue clara en señalar cuándo se puede configurar la legítima defensa pues «ha de resultar necesaria para impedir que el ataque se haga efectivo y la entidad de la defensa debe ser proporcionada cualitativa y cuantitativamente, es decir, respecto de la respuesta y los medios utilizados”.
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Para el caso de Echeverría, la Corte tuvo en cuenta el video de Secretaria de Movilidad que mostraba cómo sucedieron los hechos. Con base en ese registro, el alto tribunal afirma que era claro que el fiscal Echeverría reaccionó dentro de las causales en las que la legítima defensa se puede aplicar para salvar su integridad, o inclusive, su vida.
Asimismo, el alto tribunal indica que el hecho de utilizar un arma para intimidar a una persona y volverla la víctima de un delito, la pone en una situación de injusticia por lo que se considera apropiado reaccionar como lo hizo el fiscal. Para la Corte, es lícito reaccionar, de la manera en que lo hizo Echevarría, cuando se presenta una situación así.
Lo razonable, para la Corte, «es que ante una situación de tal naturaleza crea que su vida se encuentra en verdadero peligro y entonces es legítimo rechazar una acción de semejante envergadura, utilizando los mismos medios de la agresión como un arma de similar apariencia», conclutó el alto tribunal.