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El actual embajador de Colombia en República Dominicana (Daniel Cabrales, excongresista del Centro Democrático) y su familia están inmersos en un pleito judicial. Un fallo de primera instancia del Tribunal Superior de Montería, del pasado 13 de abril, dejó sin efectos una sentencia de un juzgado civil de la capital de Córdoba de 2009, en el cual le otorgaron a la familia Cabrales 16 predios en las veredas Alto Viento y El Ratón, del corregimiento San Felipe de Cadillo en Tierralta (Córdoba). Los terrenos en total reunían 862 hectáreas que, al parecer, serían baldíos: es decir, propiedad del Estado que solo pueden ser adjudicados a campesinos sin tierras. (Revivió la controversia por baldíos en manos de políticos y grupos económicos)
En febrero 26 de 2020, la Agencia Nacional de Tierras (ANT) decidió presentar una tutela ante dicho tribunal, luego de que el portal periodístico Verdad Abierta publicara, dos días antes, un artículo que daba cuenta de las presuntas irregularidades en el fallo que, hace más de una década, les concedió estos terrenos a la familia del diplomático, quien también fue cónsul en Varsovia (Polonia) durante el segundo gobierno de Álvaro Uribe. La decisión judicial hoy cuestionada benefició, además del diplomático, a sus hermanos María Patricia y Cristóbal Cabrales Castillo y a su padre, Manuel Cabrales Lacharme.
Para solicitar estas tierras ante el juez civil de Montería, los Cabrales echaron mano de un recurso llamado prescripción extraordinaria adquisitiva de dominio, una figura jurídica del derecho civil para solucionar casos sobre tierras que tienen tradición. Es decir, que tienen un dueño particular ante la ley colombiana. Sin embargo, dice la ANT, el juez de Montería realizó un estudio de los predios “altamente deficiente”, porque carecía de títulos de propiedad, “lo cual podría llevarlo a inferir que se trataba de un bien baldío de la nación cuya administración le correspondía al Incoder (hoy ANT)”. También, la propia agencia señaló que en ese proceso nunca fue notificada por el juez civil.
En la sentencia conocida por El Espectador, el Tribunal Superior de Montería indicó: “El juez civil de la capital de Córdoba erró de manera evidente al analizar la prueba de antecedentes registrales respecto de los predios que fueron objeto de litigio, pues, a voces de la ANT, dichos predios carecían de antecedentes registrales o folio de matrícula inmobiliaria, lo que los tornaba imprescriptibles; aspecto que a la luz de lo expuesto por la jurisprudencia afecta el interés público y la correcta administración de justicia”. Además, señaló que el juzgado debió investigar sobre el origen de los predios. (El poder detrás de la acumulación de predios)
“Para determinar la naturaleza del bien, en contraste a ello, dejaba claro, como ya se anotó, que al no existir antecedente registral se trataba de un bien baldío (…) (El juez) dejó de lado la facultad oficiosa que le asistía de cara a la práctica de pruebas a fin de establecer la verdadera naturaleza jurídica de los predios”, recalcó el tribunal. Por último, los magistrados de Montería recordaron varias sentencias de la Corte Suprema y la Corte Constitucional sobre las características de los baldíos: que son de la nación, que solo pueden ser adjudicados a campesinos sin tierra y que no pueden entregarse por prescripción; es decir, bajo la figura judicial con que los Cabrales se hicieron a ellos.
La Procuraduría, por su parte, manifestó que el juzgado de Montería vulneró el derecho fundamental al debido proceso. Agregó que las pruebas en las que se basó el juez para resolver el caso fueron “absolutamente inadecuadas o insuficientes, ya que, pese a que los predios pertenecían a Manuel Prisciliano Cabrales Lacharme y sus hijos, no contaban con antecedentes registrales y, en consecuencia, carecían de titulares de derecho de dominio. De tal modo, el juez de Montería pasó por alto los elementos de juicio para pensar, razonablemente, que los terrenos podrían tratarse de uno o varios baldíos”. Asimismo, dice el Ministerio Público, el juez adjudicó esas tierras cuando esa función le corresponde legal y excusivamente a la ANT.
¿Qué dice la familia Cabrales?
Manuel Cabrales Lacharme apeló el fallo. Señaló que su derecho a la defensa fue violado y que nunca se le notificó del recurso presentado contra el fallo del juzgado de Montería de 2009. También aseguró que la tutela de la ANT “debió ser rechazada por no estar dentro del concepto y principio de la inmediatez, por cuanto debió presentarse dentro del término razonable y proporcional al momento de la amenaza o de la vulneración de los derechos fundamentales”, señaló Cabrales Lacharme, quien añadió que se estaría violando el principio de la seguridad jurídica. (Corte Constitucional deja en firme la Ley Zidres)
El padre del diplomático puso en duda que la ANT solo conociera el estado de los predios luego de la publicación de Verdad Abierta (24 de febrero de 2020), pues asegura que el 17 de abril de 2017 presentó un documento a la Agencia en que hacía una “oferta voluntaria de venta de esas tierras”. El 13 de junio de ese mismo año, dice el padre del embajador, esta entidad rechazó su propuesta. “Desde esa fecha conocían la situación de mi propiedad sobre esos predios y solo con la nota de prensa fue que decidieron actuar de manera extemporánea (…) tuvieron la oportunidad de iniciar un proceso de clarificación para determinar si los predios eran del Estado”, manifestó Cabrales Lacharme.
Y añadió que el proceso judicial de 2009 que lo favoreció a él y su familia estuvo ajustado a las normas procedimentales vigentes para ese momento. “Pretender ahora aplicar nuevas normas y recientes pronunciamientos de las altas cortes sobre esta materia carece de rigor jurídico (…) para la época de la admisión de la demanda, por tratarse de un proceso de pertenencia agrario, era el Decreto 2303 de 1989”, puntualizó Cabrales Lacharme. Dicho decreto creó la jurisdicción agraria, la cual tenía a su cargo solucionar los conflictos que “deriven de la propiedad, posesión y mera tenencia de predios agrarios”.
El otro proceso en la Corte Suprema
El mismo día que el Tribunal Superior de Montería falló a favor de la ANT, la Secretaría de la Sala Especial de Instrucción de la Corte Suprema le respondió un derecho de petición presentado por el senador del Polo Democrático y coordinador de la Comisión Accidental de Tierras Baldías del Senado, Wilson Arias, que el alto tribunal tiene una investigación preliminar en contra del embajador Cabrales. Esa pesquisa se encuentra en el despacho de la magistrada Cristina Lombana, quien estuvo a cargo de varios expedientes del senador Uribe, entre ellos, en el mediático proceso en el que Uribe es investigado por supuesta manipulación de testigos.
En la respuesta al congresista Arias se menciona que Cabrales es investigado por solicitud de un fiscal delegado ante la Corte Suprema, quien pidió hacerlo desde enero de 2018. Sin embargo, el alto tribunal señaló que los delitos y los hechos por los que se le indaga preliminarmente están por definirse y que desde ese momento se vienen recopilando pruebas en ese expediente. Lo que se sabe es que cuando Cabrales iba a ser nombrado embajador en Panamá el nombramiento se embolató cuando se supo que la Sala Penal del alto tribunal lo investiga a él y a su hermano Cristóbal (también beneficiado por el fallo de 2009) en el escándalo del cartel de la hemofilia.
Cabrales fue vinculado a ese entramado de corrupción, que desangró a Córdoba y que habría sido encabezado por Alejandro Lyons, exgobernador del departamento, luego de que el abogado Leonardo Pinilla lo incluyera en su matriz de colaboración con la Fiscalía, como reveló El Espectador. “En el año 2011 aspiré a la Alcaldía de Montería y perdí (como fórmula del propio Lyons). En 2013 empecé mi correría con el Centro Democrático. No tengo nada que ver con ningún cartel de corrupción en el departamento de Córdoba o fuera de él. No hago parte de ningún cartel de concesiones de vías, de regalías, de hemofilia, de sida, de nada en lo absoluto”, señaló Cabrales en enero de 2018.