Escucha este artículo
Audio generado con IA de Google
/
La Corte Suprema de Justicia determinó que los congresistas que renuncien a su fuero, seguirán siendo investigados por la Fiscalía. Sigifredo Espinosa era uno de los magistrados que pensaban que la Corte debía seguir investigado a los congresistas, aunque renunciaran a su investidura.
Espinosa indicó que "no se trata, debo aclarar, de que la Corte cambie su jurisprudencia, sino de afinar los conceptos de cara a hechos concretos, para evitar que se evalúen como delitos comunes conductas claramente vinculadas con la función congresional, o que se permita del aforado, por su sola decisión, determinar cuál ha de ser su juez o el procedimiento que habrá de determinar la responsabilidad atribuida".
La doble instancia es la posibilidad de acudir a un tribunal superior a apelar la sentencia impugnada. Algunos de los congresistas que han renunciado a su fuero atribuyen esa acción a que siendo investigados y juzgados por la Corte Suprema de Justicia se pierde la doble instancia.
"El hecho de que no exista la posibilidad de acudir a otra instancia, no viola preceptos constitucionales, ni mucho menos cercena garantías básicas, pues, se repite, a cambio de ello se obtiene que sea ese organismo especializado, con depurados conocimientos y amplias posibilidades de contradicción en el seno mismo del proceso, quien adelante la investigación y el juzgamiento", resaltó el magistrado de la Sala Penal.
El magistrado recordó igualmente el término ‘perpetuatio jurisdictionis’ -jurisdicción perpetua-, que en este contexto "implica significar que si la Corte ya ha asumido la investigación en contra del aforado, atendida su condición congresional, y éste posteriormente, antes de que culmine el proceso, renuncia a su investidura con el único fin de evadir la intervención de su juez natural, ello no afecta la competencia de la Sala para llevar hasta su culminación el asunto, independientemente de si el delito guarda o no relación con esa función oficial que se pierde".