
Escucha este artículo
Audio generado con IA de Google
/
La Sección Quinta del Consejo de Estado rechazó la solicitud de aclaración presentada para la sentencia que le devolvió la personería jurídica a la Unión Patriótica hace tres meses.
El alto tribunal determinó que no se podía manifestar si dicho partido político estaba obligado a participar en los comicios electorales que se celebrarán a mediados del 2014. (Ver Fallo histórico revive a la Unión Patriótica)
Igualmente se indicó que el Consejo de Estado no le podía ordenar a la administración electoral la concesión de un plazo a la UP para que adelante su proceso de reorganización frente a las próximas elecciones y demás eventos políticos.
Para el tribunal del contencioso administrativo no es objeto de aclaración las reacciones que la decisión generó ni las interpretaciones que puedan darle al fallo los que los demandantes denominan como “enemigos de la paz”.
En la decisión se reitera que la acción de aclaración está enmarcada en establecer la legalidad del acto administrativo indicando en el debate jurídico no se buscó examinar las consecuencias de la decisión adoptada.