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Veinte días después de que estallara el escándalo de la ‘yidispolítica’, aún no arrancan en la Fiscalía las investigaciones en contra de los altos funcionarios salpicados por la ex congresista Yidis Medina. En principio, porque la Corte Suprema de Justicia aún no ha decidido si le acepta el impedimento al fiscal Mario Iguarán para conocer el asunto. Sin embargo, es casi un hecho que así será y que este proceso deberá ser asumido por el vicefiscal, Guillermo Mendoza Diago, en los próximos días. Mendoza dice que obrará con independencia y que tomará las decisiones, cualesquiera que sean, sin importar que pueda salir vinculado el ex jefe de su jefe, Sabas Pretelt.
La ‘yidispolítica’ sigue creciendo como espuma. Ya hay tres congresistas detenidos por orden de la Corte. ¿En qué van las pesquisas de la Fiscalía?
El señor Fiscal manifestó públicamente que se iba a declarar impedido para conocer del asunto. El impedimento lo resolverá la Corte Suprema. Si llegare a aceptárselo, el proceso se le asigna al funcionario que la Corte decida, que en este caso, por mandato legal, es el vicefiscal.
¿Usted es el competente para investigar al ministro Palacio y al embajador Sabas Pretelt y a los demás implicados por Yidis?
Sí, yo sería el funcionario judicial a quien le correspondería eventualmente el conocimiento de esos asuntos.
¿Cómo se le explica a la gente que un subalterno del Fiscal va a obrar con independencia al momento de investigar, por ejemplo, a Sabas Pretelt, de quien ha dicho el mismo Fiscal que es amigo y quien además fue su jefe en el Ministerio de Justicia?
Lo que se denominan causales de recusación o de impedimento subjetivas son muy personales. La amistad íntima o la enemistad grave las experimenta quien realmente las sienta. Entonces, el hecho de que el señor Fiscal pudiera tener amistad o enemistad con algún sujeto procesal no quiere significar que el vicefiscal u otro funcionario que tenga que conocer del proceso experimente el mismo grado de afectación emocional.
Pero, le insisto, ¿cómo hace uno para investigar y eventualmente acusar al ex jefe de su jefe?
Para lo efectos procesales yo no soy subalterno. Me va a tocar asumir esto en calidad de Fiscal General y entonces la responsabilidad de las decisiones del proceso es muy personal en todo sentido.
¿En cuánto tiempo calcula que la ‘yidispolítica’ se va a estar investigando en la Fiscalía?
Es que ni siquiera ha llegado la decisión de la Corte Suprema sobre el impedimento que manifestó el señor Fiscal, y mal pudiéramos iniciar algún proceso si todavía no se ha concretado un asunto que es vital para continuar esta dinámica procesal.
Pero es un hecho que la Corte le va a aceptar el impedimento al Fiscal…
Pues no sé, porque ese es un acto que le corresponde a la Corte Suprema y es ella la que tiene que tomar la decisión.
¿Ya llegaron a la Fiscalía las declaraciones que le entregó a la Corte Yidis Medina?
Aquí llegaron una serie de documentos y está también la manifestación del impedimento del señor Fiscal que, hasta la fecha, no he tenido conocimiento que se haya decidido.
Hay un lío jurídico sobre si usted puede asumir la investigación de la ‘yidispolítica’, precisamente porque usted es subalterno del Fiscal. Analistas han planteado que el presidente Uribe tendría que mandarle una terna de juristas a la Corte Suprema para que ésta nombre un fiscal ad hoc. ¿Qué tanta viabilidad tiene este último escenario?
La ley establece que quien reemplaza al Fiscal General en sus impedimentos es el vicefiscal. Tenemos que partir de ese presupuesto. De que me va a corresponder reemplazarlo para esa función judicial y eventualmente administrativa. Sólo en caso tal de que llegara a prosperar una recusación en mi contra o yo manifestara un impedimento, entonces sí se daría esa situación que usted plantea.
¿Y alguien ya lo recusó o piensa que debería declararse impedido también?
Yo no conozco el proceso ni conozco en concreto todavía qué personas están vinculadas a él. Si la Corte llegara a aceptar el impedimento del señor Fiscal y me tocara asumir el caso, yo tengo que evaluar qué hay allí y si hay personas con quienes yo a la vez pudiera tener impedimentos. También está abierta la posibilidad de que algún procesado en este caso considerara que me debe recusar por algún interés, y si la Corte llegara a aceptar este escenario, entonces sí entraría el juego ese de un fiscal ad hoc.
Supongamos que usted también resulta impedido. ¿Cree que la Corte va a nombrar un fiscal de una terna enviada por el Presidente, cuando lo que se investiga es si precisamente él o algunos de sus funcionarios habrían repartido prebendas para aprobar la reelección?
Ese es un punto que aún no está muy claro cómo podría funcionar. En los tiempos del 8.000 hubo una situación muy parecida y creo que se nombró un fiscal ad hoc, pero creo que era porque no existía una norma que asignara al vicefiscal la función de reemplazar al Fiscal cuando éste se declarara impedido.
¿Cuándo veremos capturas por orden de la Fiscalía por la ‘yidispolítica’?
No se puede anticipar, porque cualquier decisión debe estar perfectamente motivada y tiene que respetar el derecho a la defensa. Es imposible decir, frente a la imputación misma, si habría lugar a capturas tan pronto. Todo eso surgirá de un análisis.
Para el delito de cohecho se necesitan dos: el que ofrece y el que recibe. Tres congresistas, presuntamente beneficiados por el Gobierno, están en la cárcel. ¿Y los que les habrían ofrecido qué?
El cohecho tiene dos modalidades: el que paga por pecar tiene un tratamiento punitivo muy distinto al que peca por la paga. Eso es lo que hay que estudiar en su momento para tomar decisiones.