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El próximo sábado 27 de febrero se cumplen 5 años del día en el que el teniente coronel Gustavo Chavarro Romero le disparó al joven Juan David Guardo Martínez en la Avenida Ciudad de Cali con calle 127 en Bogotá. Esa, además de ser una fecha dolorosa para doña Ceferina Martínez también representa el límite que tenía la Procuraduría General para fallar el proceso disciplinario contra el oficial de la Policía.
El pasado miércoles se dirigió a la sede del órgano de control disciplinario en el centro de Bogotá para consultar el estado del proceso. Después de dar muchas vueltas le informaron que el expediente había bajado hace pocos días a la Procuraduría Delegada puesto que la Sala Disciplinaria había tenido que resolver un recurso de apelación presentada por la defensa del oficial.
Después de negar la práctica de pruebas el pasado 18 de febrero la carpeta fue devuelta al despacho que adelanta el citado procesado. Es complicado, insiste la señora Martínez, que en tan pocos días se emita una decisión de fondo. Debido a esto el caso prescribirá en el Ministerio Público puesto que se cumplen los términos establecidos para fallar.
Debido a esta situación doña Ceferina presentó un derecho de petición ante la Procuraduría Delegada para la Policía Nacional con el fin que emita un fallo antes de la conmemoración de esta fecha, aunque sabe que las probabilidades que se emita una decisión en dos días es casi imposible, no pierde las esperanzas que se haga el primer acto de justicia en este caso.
En el documento radicado pide que «por lo menos se logre un fallo cualquiera que sea, de ser absuelto, pues estaré presta a busca quien me ayude en la apelación y de ser declarado culpable, pues solicitare copia del proceso para ser anexado al proceso penal y darle impulso como se debe, pero que se dé un resultado antes del vencimiento de términos en la parte disciplinaria».
«No estoy pidiendo que me den dinero -añade- estoy implorando justicia y sí antes del viernes, no sale un fallo del proceso disciplinario, se cierra el tiempo del proceso y se tendrá que archivar por prescripción de la parte disciplinaria, perdiendo todo el impulso que usted ha dado a este proceso», indica uno de los apartes de la comunicación enviada al procurador Jaime Mejía Hosman.
Finalmente pide que el caso no quede en la impunidad, teniendo en cuenta que el mismo pliego de cargos formulado en contra del teniente coronel señala la gravedad de los hechos registrados. La conducta, en esa oportunidad, fue calificada por la Procuraduría General como gravísima a título de dolo.
«Por cuanto no obstante que el investigado oficial, en estos casos sabe cómo proceder, teniendo en cuenta que su actuar se relaciona con sus funciones, su grado de experiencia y la frecuencia con que mismo conoce la naturaleza de los procedimientos, de lo que se desprende que pudiendo actuar contrario a derecho, al portar un arma sin permiso de autoridad competente para la época de los hechos», señala la apertura del proceso disciplinario con fecha de mayo de 2015.
Bala Dum Dum
Según el informe del Instituto de Medicina Legal el joven de 17 años murió a causa de las graves heridas que le produjo una bala nueve milímetros de punta hueca, la cual está prohibida por la Convención de San Petersburgo en 1868. El impacto le destruyó los órganos internos, afectó su columna, dejándolo prácticamente inmóvil. El arma disparada por el coronel no contaba con salvoconducto y no pertenecía a la Policía Nacional.
La prohibición para el uso de este tipo de armas consiste en que le produce un sufrimiento innecesario a la persona, “es decir, causan un desasosiego mayor que el que debe soportar una persona cuando el margen de libertad debe ser restringida por la autoridad competente, por infringir el imperio de la ley, dicho de otra manera, la restricción de la autonomía de la persona en esas condiciones se toma innecesaria y desproporcionada contrario al principio de dignidad humana”.
En el pliego de cargos se cuestiona la actitud del oficial puesto que debido a su hoja de vida y estudios era evidente que conocía del uso de armas y el daño que esta le podía provocar a otra persona si era atacada. Además, resalta que la acción fue dirigida a hacer daño ya que le disparó directamente a su humanidad, en el abdomen, zona “estratégica” para causar un mayor efecto debido a la cantidad de órganos vitales que se encuentran en esa zona.
Por estos mismos hechos el coronel, quien actualmente es el tercero al mando de la Dirección de Seguridad Ciudadana de la Policía General, enfrenta un proceso penal. La Fiscalía General le imputó el delito de homicidio simple del cual se declaró inocente. En este caso también la familia del joven ha tenido que pelear para que no quede en la impunidad puesto que en un principio se buscó que el mismo fuera juzgado por la justicia penal militar.
El Consejo Superior de la Judicatura le dio la razón a los familiares del joven y, en lo que considerar el único triunfo en este periplo judicial, el caso pasó a la Fiscalía General. Sin embargo, por meses el expediente pasó por diferentes despachos en el ente investigador. Hace un año se logró la audiencia de imputación, pero en esa oportunidad el juez de control de garantías consideró que no existían méritos para dictarle una medida de aseguramiento.
Los familiares del joven de 17 años temen que las pruebas en este proceso sean manipuladas o alteradas, además que se sigan ejecutando maniobras dilatorias para evitar que el juicio inicie. Hasta el momento la audiencia preparatoria en este caso se ha visto aplazada en dos oportunidades por la solicitud de la defensa del coronel. La diligencia fue reprogramada para el próximo 3 de mayo.
Han sido cinco años difíciles. De nada sirvió la solicitud a los directores de la Policía Nacional, general José Roberto León Riaño y al general Rodolfo Palomino para que adelantarán una investigación interna en contra del teniente coronel o se suspendiera de su cargo mientras se aclaraba todo el caso, nada de esto sucedió.