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Procuraduría destituye a docentes por acto sexual abusivo

Dice la entidad que el docente realizó acto sexual abusivo contra tres niñas menores de edad.

28 de diciembre de 2009 – 10:13 a. m.

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Por incurrir en conducta sexual abusiva, la Procuraduría General de la Nación destituyó e inhabilitó por el término de diez años, al docente Noé Reina Pardo de la Institución educativa departamental la Pradera, sede primaria, de la vereda Cascajal del municipio de Subachoque, Cundinamarca.

El comunicado de prensa explica que según la investigación, el docente realizó acto sexual abusivo desconociendo la integridad y los derechos de tres niñas menores de edad, incidiendo de manera negativa en su formación y dignidad humana.

De acuerdo con los testimonios, en el año 2005, en varias oportunidades las menores fueron tocadas en sus partes íntimas por el docente Reina Pardo, siendo violentadas en sus derechos a la dignidad, la libertad, integridad y la formación sexual, precisa el boletín de la entidad.

Al proferir la decisión la Procuraduría Regional de Cundinamarca consideró que el docente incurrió en falta disciplinaria calificada como gravísima cometida a título de dolo. Contra el fallo de primera instancia procede el recurso de apelación ante la Procuraduría Primera Delegada para la Vigilancia Administrativa.

En Zipaquirá

El informe de la Procuraduría indicó también que por incurrir en acto sexual abusivo en contra de cinco menores, destituyó e inhabilitó por el término de quince años, al docente Iván Virgilio Avilán Cáceres de la Institución Educativa Departamental Liceo Integrado de Zipaquirá, Cundinamarca.

Explica el informe que los hechos ocurrieron el 29 de octubre de 2004 durante un paseo de integración al municipio de Pacho, Cundinamarca, cuando de acuerdo con los testimonios, el docente prevalido de su superioridad abusó sexualmente de cinco alumnas al tocarlas a la altura de los senos, desconociendo la libertad sexual e interfiriendo en su proceso normal de formación de las menores.

Dice el comunicado de prensa que para el órgano de control, el señor Avilán Cáceres incurrió en falta disciplinaria calificada como gravísima cometida a título de dolo. Contra la decisión de primera instancia procede el recurso de apelación ante la Procuraduría Primera Delegada para la Vigilancia Administrativa.

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