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En fallo de primera instancia la Procuraduría General de la Nación suspendió por 11 meses de su cargo al actual Secretario Distrital de Planeación, Gerardo Ignacio Ardila Calderón por haber expedido irregularmente un oficio mediante el cual impartió directrices puntuales a los curadores urbanos de Bogotá sobre un predio en particular.
En el fallo disciplinario se manifiesta que el funcionario impartió directrices arbitrarias e injustificadas a los curadores urbanos de Bogotá, advirtiéndoles que en caso de existir algún trámite administrativo referente a un predio particular ubicado en la capital de la República él mismo debía considerarse de permanencia en el uso particular, concretamente sobre el uso del suelo.
Según las pruebas recolectadas con el oficio expedido el 29 de agosto de 2012 se desconocieron los requisitos que establece la ley para este tipo de casos, puesto que se les dio una orden a los curadores para tratar un asunto sobre un predio particular y no sobre todos los predios de la ciudad, que era lo más indicado legalmente, atentando además contra los derechos legítimos de unos ciudadanos que los adquirieron con la licencia de construcción expedida por un curador urbano.
“Para estos casos debe expedirse una circular como norma legal y no singularmente suscribir un oficio a nombre de la Secretaría de Planeación y a espaldas de los ciudadanos perjudicados con la recomendación; con la circular se plasma una política general y no una orden o criterio subjetivo para un caso particular”, precisa uno de los apartes de la decisión.
Para la Procuraduría General el funcionario puso en riesgo, no solo el patrimonio económico de los titulares de la licencia de construcción de este predio, quienes desean adelantar un proyecto de construcción en el cual han invertido más de 29 mil millones de pesos consignados al Distrito Capital, sino otros derechos y garantías constitucionales.