Escucha este artículo
Audio generado con IA de Google
/
Para la senadora Esmeralda Hernández, el 28 de mayo de 2024 marcó un antes y un después en la defensa de los animales en Colombia. Ese día, y después de 13 intentos fallidos, la Cámara de Representantes aprobó el proyecto de ley 219 de 2023 Cámara – 298 de 2023 Senado, por medio del cual se prohibieron las corridas de toros, rejoneo, novilladas, becerradas y tientas en el país.
Hoy, un año después de esta decisión —celebrada por algunos y cuestionada e incluso criticada por otros—, en El Espectador entrevistamos a la senadora Hernández para conocer los avances y desafíos tras un año de la aprobación del proyecto de ley.
¿Cuál es el balance de los logros y desafíos a un año de la aprobación de la ley que prohíbe las corridas de toros en el país?
Es un balance positivo, tanto a nivel nacional como internacional. Hay que tener en cuenta que la prohibición como tal de las corridas de toros entra en vigencia después de tres años de la sanción de la ley, es decir, el 22 de julio de 2027.
Sin embargo, durante lo corrido de este año se han desincentivado, por vía legal, varias corridas. Las personas cada vez tienen más consciencia de que esta es una práctica que atenta contra la integridad y contra el reconocimiento de los derechos de los animales.
¿Cuál ha sido el supuesto impacto a nivel internacional? ¿Existen cifras que respalden esto?
Tras la aprobación de esta ley se reactiva, en cierta forma, el movimiento antitaurino. Este movimiento estaba un poco desilusionado y desesperanzado porque no se lograba avanzar y porque la práctica se mantenía.
Por ejemplo, en España, una iniciativa legislativa popular logra recoger miles de firmas para solicitar que a esta práctica se le quite la declaratoria de patrimonio cultura.
En México hay dos ciudades que logran prohibir de manera distinta la tauromaquia. En Ciudad de México se prohíben las corridas cruentas y en Michoacán quedan prohibidas totalmente.
Entonces, creo que Colombia ha sido un fuerte referente para desincentivar y para que finalmente desaparezca, porque recordemos que con Colombia solamente había ocho países en el mundo que permitían la tauromaquia de manera legal.
Algunos sectores han manifestado abiertamente que buscarán tumbar esta ley por la vía constitucional. ¿Esto es jurídicamente viable? ¿Qué mecanismos existen para protegerla?
En dos líneas están intentando atacar la ley. En este momento, tenemos 13 demandas en la Corte Constitucional de distintos sectores. Algunos aseguran que se están vulnerando diferentes derechos, como el de la cultura y el trabajo. Y también alegan por el tema del impacto fiscal, aseguran que no se garantiza el impacto, es decir, los recursos que requiere la ley para hacer la reconversión laboral. Alegan temas de forma y dicen que la Comisión Sexta, que fue donde se debatió la ley, no era la Comisión pertinente para el debate. Han interpuesto una cantidad de demandas con todos estos argumentos y todas esas demandas están avanzando en la Corte Constitucional. Hoy, un año después, cuando ya deberíamos tener pronunciamiento de constitucionalidad de la Corte, pues no lo tenemos aún por el tema de las demandas.
Lo segundo, hay un proyecto de ley que busca no prohibir, sino regular esta y más prácticas como corralejas y peleas de gallos. Sin embargo, por tiempos legislativos, es muy probable que no logre avanzar. En este momento está agendado para discusión en la Plenaria de la Cámara, incluso si se aprueba allí, aún tendría que surtir dos debates más en el Senado: uno en la Comisión Quinta y otro en la Plenaria.
Si la Corte llegara a declarar inconstitucional la ley, ¿hay un plan B? ¿Volvería a presentar un nuevo proyecto?
Yo creo en la Corte Constitucional. Primero, porque ha sentado unos precedentes constitucionales muy interesantes frente al reconocimiento de los animales como seres sintientes. Creo que la Corte no puede ser regresiva frente a una línea jurisprudencial que ha venido sentando desde hace muchos años. Segundo, el país ha mostrado con contundencia su anhelo de que se prohíban las corridas de toros. Y, por último, siento que la Corte no tendría argumentos sólidos para tumbar la ley en el escenario en el que se presentara.
La ley aprobada establece un periodo de transición de tres años para que la tauromaquia quede prohibida legalmente en todo el país. Sin embargo, durante este tiempo, los municipios que aún realizan estas prácticas pueden hacerlo de manera legal, siempre y cuando cumplan ciertos requisitos.
Sí. La Corte Constitucional, en la sentencia C-666/10, estableció tres requisitos que quedaron ratificados en esta ley para permitir la tauromaquia durante el periodo de transición.
Primero, cuando en el municipio está formalmente reconocida como una tradición cultural y, segundo, cuando es ininterrumpida. Por ejemplo, Manizales hace corridas de toros durante su feria y tiene que hacerlas todos los años; si dejaran de hacerlas siquiera un año, la tradición se consideraría interrumpida y ya no podrían volver a realizarlas.
Y el tercero es que se haga solamente en el periodo en el que está reconocido como tradición. Siguiendo el mismo ejemplo, en Manizales solo se pueden hacer corridas durante la feria, no en cualquier momento del año.
Además de los requisitos establecidos en 2010, ¿qué cambios introduce la ley respecto a las condiciones de bienestar animal en las corridas que se permitan durante el periodo de transición?
La ley lo que establece es que deben existir unas condiciones mínimas de bienestar animal. Nosotros habíamos planteado que si uno está hablando de bienestar animal, pues las corridas deberían ser incruentas, porque no debería torturarse a los toros. Sin embargo, esta potestad quedó en cabeza de los Ministerios de Cultura y de Ambiente.
Hemos presionado a estos dos ministerios de todas las maneras posibles. Incluso elaboramos un borrador de reglamentación para que las ciudades tengan claridad sobre cómo deben desarrollar las corridas durante los años que quedan, pero hasta ahora no ha sido posible que expidan dicha normativa.
Además de regular cómo deben desarrollarse las corridas, ¿qué otros aspectos contempla el documento?
Primero, que se mejoren las condiciones previas a las del escenario. La gente cree que solamente es clavarle las banderillas al animal, pero desconoce todo lo que hay detrás de esto. Por ejemplo, el transporte para ellos es terrible: llegan deshidratados, desgastados, cansados, desorientados. También, que se recorte el tiempo de la corrida, que se garanticen condiciones de transporte, que no puedan entrar niños, que en la publicidad se advierta que es una práctica de tortura, entre otros aspectos.
Todo eso debe estar reglamentado en la resolución o en el acto administrativo que tenga que expedir el Gobierno Nacional.
Actualmente, ¿cuántos municipios pueden hacer corridas de toros?
Los municipios que pueden hacer tauromaquia en el país son menos de 10, el resto la hace de manera ilegal.
Uno de los puntos más importantes es el tema de la reconversión laboral de quienes se dedican a la actividad taurina. ¿Qué ha pasado con esto?
Próximamente, se va a lanzar la estrategia de reconversión laboral del sector taurino. Este ha sido un proceso complicado y largo, pero se ha ido construyendo de manera participativa, abierta y ha tenido una retroalimentación ciudadana.
Ha sido liderado por el Ministerio de Trabajo junto con el Ministerio de Cultura. Se han venido destinando recursos y programas para hacer la reconversión de plazas de toros en todo el país.
Ya ha pasado un año, ¿a qué se debe la demora de esta medida?
El Programa Nacional de Reconversión Laboral es un poco más demorado, pero ese en este momento no afecta porque como ellos siguen en su actividad, pues no necesitan recibir la ayuda. Ahora lo que se tiene que hacer durante estos años es efectivamente armar el programa y empezar con su implementación. Y hacer eso es muy complicado.
¿Por qué?
Porque el Estado no tiene un censo, un diagnóstico de cuántas familias taurinas hay, de cuántos toreros, de cuántos banderilleros, de cuántos periodistas taurinos, de cuántos tienen plazas itinerantes. Es decir, ellos tienen que hacer un censo de todo el sector y de toda la cadena.
Segundo, debe conformarse la comisión encargada de poner en marcha el cronograma de la estrategia o programa de reconversión. Solo después de eso sí se podrá vincular a las personas previamente identificadas, a quienes se les hará la oferta correspondiente.
Ya se cumplió el primer año de transición. ¿Qué espera que ocurra en los dos que restan?
La ley ha tenido un efecto muy positivo y es que cada vez se ha desincentivado más la práctica. Las alcaldías ya no se prestan para este tipo de eventos porque entienden que es una práctica que quedó prohibida en el territorio nacional. Lo que yo espero es que se prohíba naturalmente y que, efectivamente, se pueda resolver la situación de las familias taurinas.
La ley solo será completa si va acompañada de una reconversión laboral efectiva y exitosa. No se trata únicamente de prohibir la práctica, sino de lograr que quienes hacía parte de ella comprendan que no era ética, y que puedan seguir sosteniendo a sus familias a través de otros trabajos.
🐾 ¿Quiere estar al día y conocer las últimas noticias sobre el mundo animal? Lo invitamos a verlas en La Red Zoocial. 🐶🐱
Comentarios