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La Corte Internacional de Justicia (CIJ) rechazó la solicitud del gobierno mexicano para proteger su residencia diplomática en Ecuador, así como a los archivos en su interior, mientras se resuelve el caso. Aunque el tribunal desestimó la petición, el fallo sobre las reclamaciones de México por el asalto de su embajada en Quito sigue pendiente, así como el de la contrademanda de Ecuador a México por dar asilo político a un perseguido por la Justicia ecuatoriana.
En el contexto del 5 de abril cuando las fuerzas policiales ecuatorianas invadieron la embajada mexicana en Quito con el objetivo de capturar al expresidente ecuatoriano, Jorge Glas, quién se encontraba asilado en aquel lugar, pero que tiene asuntos pendientes con la Justicia ecuatoriana por corrupción, México demandó a Ecuador ante el máximo tribunal de las Naciones Unidas.
Como parte del proceso, el Gobierno mexicano pidió a la Corte, con sede en La Haya, estudiar una orden provisional contra Ecuador para asegurar que se tomaran “medidas apropiadas e inmediatas para proporcionar plena protección y seguridad de las instalaciones diplomáticas, su propiedad y archivos, previniendo cualquier forma de intrusión contra ellas”. También, para que se garantizara que no hubiera nuevas acciones por parte de Ecuador sobre las decisiones que tome la Corte y que el Gobierno ecuatoriano se abstuviera de cualquier acto o conducta que pudiera agravar o ampliar el caso.
Por su parte, Ecuador aclaró a principios de mayo que ya había dado “garantías” por escrito a México de que cumpliría con su deber de respetar y proteger a su personal y sedes diplomáticas; sin embargo, el proceso continuó.
En respuesta a México, el tribunal anunció que por “decisión unánime” rechazaba la solicitud porque resultaba innecesaria. “La solicitud de México se hizo sin tener en cuenta las repetidas seguridades del Ecuador de que brindaría plena protección y seguridad a los locales, bienes y archivos de la Embajada de México, y que permitiría a México retirar todas esas propiedades de los locales y residencias privadas de sus agentes diplomáticos. Ecuador mantiene su posición”, señala el texto.
No obstante, la Corte destacó “la importancia fundamental del principio consagrado” en la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas, y recordó a Ecuador que se presume “su buena fe en el cumplimiento” de las garantías dadas a México.
Según Camilo González, profesor de la Universidad Javeriana y analista político, este anuncio no significa que México cometió un error en su solicitud. Por el contrario, esta decisión refleja que “la prevalencia del Derecho Internacional en la relación entre Estados será un potencial argumento del fallo sobre la controversia entre ambos países”.
Como explicó el consultor jurídico de la Cancillería mexicana, Alejandro Celorio, “si bien no hubo medidas cautelares como las pidió su país, sí recibe lo que estaba buscando: un reconocimiento de que la inviolabilidad de los locales (diplomáticos) es absoluta, no acepta excepciones, y el compromiso de Ecuador de que no ingresará a los locales de México”, recogió el medio Efecto Cocuyo.
El presidente de México, Andrés Manuel López Obrador, cuyo gobierno restó importancia a la negativa de medidas cautelares, comentó: “Todavía no termina el juicio. Lo que se pedía en las medidas cautelares era que se protegiera la embajada. Yo pienso que sí (prosperará la demanda), nada más que va a llevar tiempo y es importante que quede el precedente para que nunca más se vuelva a violar el derecho internacional”.
La demanda en general consiste en que Ecuador violó sus obligaciones de proteger las misiones diplomáticas y embajadas constituidas bajo el Pacto de Bogotá, la Convención de Viena de Relaciones Diplomáticas, la carta de la Organización de Estados Americanos, y la Carta de Naciones Unidas.
Por su parte, Ecuador contrademandó a México ante el mismo tribunal por incumplir varios tratados internacionales al darle asilo político a Glas. Ecuador considera que México violó el artículo 41 de la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas de 1961 (todas las personas que gocen de esos privilegios e inmunidades deberán respetar las leyes y reglamentos del Estado receptor); el artículo 3 de la Convención sobre Asilo Diplomático de 1954 (no es lícito conceder asilo a personas que al tiempo de solicitarlo se encuentren inculpadas o procesadas en forma ante tribunales ordinarios competentes y por delitos comunes, o estén condenadas por tales delitos y por dichos tribunales); la Carta de las Naciones Unidas; la Carta de la Organización de Estados Americanos; entre otros instrumentos internacionales y el derecho consuetudinario.
México ha concedido asilo político a otros exfuncionarios de países latinoamericanos que han sido acusados de corrupción. En 2019 concedió asilo a Evo Morales, expresidente de Bolivia, y en 2022 a la familia de Pedro Castillo, expresidente de Perú.
El caso de fondo, que tiene que ver con la demanda por la invasión a la embajada mexicana violando la Convención de Viena, continúa en la Corte.
Antes de concluir la sesión en la que anunció la decisión, el presidente de la CIJ, Nawaf Salam, dijo que “no hay requisito más fundamental para la conducción de las relaciones entre los Estados que la inviolabilidad de las misiones diplomáticas y embajadas” y recordó que, a lo largo de la historia, “naciones de todos los credos y culturas han observado obligaciones recíprocas con ese propósito, en particular la institución de la diplomacia con sus privilegios e inmunidades asociadas”.
Para Elvin Calcaño, politólogo y consultor, el comentario de Salam marca la pauta de que es casi seguro que Ecuador va a recibir una condena que implicará resarcir económicamente a México. “Ecuador va a tener que pagar por eso y tendrá que pagar mucho. No tendría que estar celebrando este anuncio”, indicó.
En un comunicado, el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana de Ecuador manifestó que este fallo “confirma el carácter innecesario de la solicitud” realizada por el Gobierno mexicano. “La Corte reconoció la buena fe del Ecuador y dejó en claro que las presentes circunstancias no presentan ningún riesgo para los derechos de México bajo la Convención de Viena”, agregó la Cancillería.
Por otro lado, señaló que Glas, detenido desde el asalto a la embajada, “está siendo procesado por presunto peculado e investigado por otros presuntos delitos”. La Cancillería recalcó que “Ecuador se mantiene firme en su lucha contra la corrupción y contra la impunidad y en su compromiso con la justicia”.
Según Calcaño, “el gobierno ecuatoriano, que ha demostrado que no tiene horizontes éticos de accionar, va a utilizar esto que acaba de decidir la Corte para mostrar que tenía razón de hacerlo (la invasión)”. Además, va a servirse del fallo para inscribirlo dentro de un ámbito discursivo anticorreísta —que se basa en un odio a un sector político vinculado a la corrupción, mafia, entre otros— para buscar réditos en la política interna ecuatoriana. “Lo que buscan es validarse frente a la población porque hay encuestas que dicen que una parte importante apoyó la entrada a la embajada por la forma en que lo enmarcó el gobierno ecuatoriano es que había invadido la embajada para evitar que haya impunidad. También lo inscribió en la lucha contra la violencia, la delincuencia, las mafias, etcétera que”, explicó.
Jorge Glas fue vicepresidente de 2013 a 2017 durante el mandato del expresidente Rafael Correa. En 2017 lo condenaron por asociación ilícita y en 2020 por cohecho agravado en conexión con la trama Odebrecht, a seis y ocho años de prisión respectivamente. En noviembre de 2022, Glas salió de prisión después de cuatro años y medio de cárcel tras un recurso de hábeas corpus que presentó su abogado y que le otorgó la libertad provisional por cumplimiento parcial de su condena. Alegando que sufría de “persecución política” por parte de las autoridades judiciales de su país, según dijo su abogado, en diciembre de 2023 acudió en calidad de “huésped” a la embajada de México y solicitó asilo.
La Corte, por otro lado, se alista para anunciar este viernes, 24 de mayo, su decisión sobre las medidas cautelares adicionales solicitadas por Sudáfrica contra Israel en la demanda por genocidio. Esta vez, el país africano pidió detener inmediatamente todas las operaciones militares en Gaza (incluida la ciudad de Rafah), tomar las medidas efectivas para garantizar el acceso humanitario sin obstáculos y que Israel rinda cuentas de sus acciones hasta la fecha.
Esta es la tercera demanda que hace Sudáfrica a Israel. En enero, los jueces ordenaron a Israel garantizar el abastecimiento de la población palestina y evitar víctimas civiles. En marzo, la CIJ reiteró y endureció sus órdenes ante el informe de las Naciones Unidas de una inminente hambruna en Gaza. Para este nuevo anuncio se espera que el Tribunal amplíe aún más sus disposiciones y exija la retirada de las tropas israelíes de Rafah, resumió DW.
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