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Los presos que acoja España podrían demandar a EE.UU.

Expertos dicen que ante Justicia española podrían reclamar reparación por daños morales y físicos.

21 de junio de 2009 – 05:41 a. m.

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Expertos jurídicos creen que la actual legislación cuenta con mecanismos para acoger presos de Guantánamo en España, aunque advierten de las incógnitas que acarrearía este traslado, como que pudieran demandar a EE.UU. ante la Justicia española en virtud del principio de justicia universal.

La petición de ayuda de la Casa Blanca que el Gobierno español ha empezado a estudiar para cobijar a cuatro prisioneros sin cargos también suscita dudas por el "limbo" jurídico del que proceden.

El catedrático de Derecho Internacional Público de la Universidad Rey Juan Carlos de Madrid, Cástor Díaz, argumentó que la "situación antijurídica" de Guantánamo, Cuba, "condiciona la solución", aunque consideró que puede haber fórmulas legales para la acogida "si también hay voluntad política real".

Díaz apuntó que el traslado de los cuatro prisioneros debería tener como requisitos el respeto de los derechos humanos y leyes como la de Extranjería, además de "no poner en riesgo la seguridad del Estado".

Con la actual ley, en su opinión, "la puerta queda abierta" a que los deportados puedan, incluso, acogerse a la justicia universal para pedir un resarcimiento por los años de reclusión en el penal.

Sólo lo podría impedir, añadió, la reforma que el Gobierno y el conservador Partido Popular (PP), el principal de la oposición en España, negocian para limitar ese principio a determinados casos.

El magistrado de la Audiencia Nacional José Ricardo de Prada, por su parte, aconsejó ser "prudentes" sobre las incógnitas que plantea este caso y sobre hipotéticas querellas.

De Prada aclaró que sería viable esa demanda "al ser residentes en España", aunque condicionada a la reforma para limitar la jurisdicción universal, por lo que podría ser más "pragmático" una compensación económica por el tiempo de estancia ilegal en Guantánamo acusados de supuestos vínculos terroristas.

Agregó que los deportados a España, que podrían quedar como refugiados o con un visado de estancia ilimitada, no podrían estar confinados y tendrían margen de circulación, aunque sujetos a algún tipo de control con permiso del juez.

Para Fernando Piernavieja, del Consejo General de la Abogacía, "cabe la posibilidad" de una demanda contra EE.UU. desde España para reclamar una reparación por daños morales y físicos.

Pernavieja explicó que este derecho lo podrían ejercer si viniesen sin cargos, lo que les llevaría "a ser libres en cuanto bajen del avión" en el aeropuerto madrileño de Barajas.

Por su parte, el catedrático de Derecho Internacional Público de la Universidad Complutense José Antonio Pastor ve factible que España contribuya a la clausura de Guantánamo en enero de 2010, como aspira EE.UU., tanto si los presos tienen cargos, como si están fuera de toda sospecha.

El primer supuesto sería más claro al tener como base el principio de justicia universal vigente en España, mientras que si no hubiera cargos, el problema es mayor por el "vicio de origen" creado en Guantánamo, explicó.

De ponerlos en libertad, añadió Pastor, tendrían que ser asilados políticos o tener un estatuto de protegidos, si bien supondría una "contradicción" su vigilancia.

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El catedrático opinó que aunque pudiera haber alguna similitud, "no es el mismo caso" que el de los tres palestinos deportados por Israel a España en 2002 tras el encierro en la Basílica de Belén. "El limbo jurídico de Guantánamo no tiene precedentes", concluyó.

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