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Cristina Pardo

Alberto Donadio
03 de agosto de 2012 – 05:00 p. m.

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El exministro Álvaro Leyva Durán solicitó copia de las actas del consejo de ministros de los años 1940 a 1957.

Cristina Pardo Schlesinger, la secretaria jurídica de la Presidencia, le respondió que no se podía. Invocó una ley dictada en 1923, cuando era presidente el general Pedro Nel Ospina, según la cual las sesiones del consejo de ministros “son absolutamente reservadas”. Hasta ese punto tiene razón. Pero carece de ella al agregar que “el legislador no dio la posibilidad de que pasado un lapso pudieran ser entregadas a los particulares”. Desde hace más de un cuarto de siglo está vigente una ley que dice que la reserva legal sobre cualquier documento cesa al cabo de treinta años. Es la Ley 57 de 1985, artículo 13. Resulta francamente imperdonable este yerro jurídico de la doctora Pardo, exprofesora de la Universidad del Rosario y exdirectora del posgrado en derecho constitucional. Yerro que pasa de pardo a oscuro cuando se considera que la secretaria jurídica del presidente fue muchos años magistrada auxiliar de la Corte Constitucional. Y que trabajaba en la Corte hace cinco años cuando en una sentencia se ratificó el principio de que “La reserva debe ser temporal” y “su plazo debe ser razonable” (sentencia C-491). El oficio de la Presidencia, además, raya en el cinismo, pues cita aquella Ley 57 en el artículo 12, que dice que los documentos se pueden expedir siempre que no sean reservados, pero no aplica el artículo siguiente que es el pertinente.

Si el Gobierno tranca la puerta tratándose de archivos históricos que no comprometen al presidente ni a los ministros ni a ninguno de los miles de subalternos del poder ejecutivo, ¿qué pasará con documentos candentes de esta administración que puedan incomodarlos o contradecir la propaganda oficial? Si la principal oficina de asesoría jurídica estatal con fácil desenfado le niega sus derechos a un político y exministro, ¿quién puede creer que a ignotos ciudadanos sí les entregarán los documentos públicos en dependencias de menor jerarquía? Si sobre un punto jurídico sencillo, no sometido a complejas interpretaciones, la secretaria jurídica muestra que no conoce el derecho, ¿qué sucederá respecto a intrincados asuntos? Parece que en la secretaría jurídica todavía no saben qué es la derogación tácita de una ley por otra posterior. Ley mata ley.

Juan Manuel Santos, que nació en una familia de periodistas, va a pasar a la historia como el presidente de la censura. La aberrante ley de inteligencia y contrainteligencia extiende la reserva hasta 45 años, una extravagante concesión, un privilegio injustificado para entidades donde han prevalecido los abusos y los atropellos como las interceptaciones telefónicas y los crímenes contra inermes ciudadanos. El presidente Santos ya la firmó o está a punto de firmarla.

Lo mismo sucede con la nefasta ley de transparencia y acceso a la información, que crea más zonas vedadas en los poderes públicos, incluyendo reserva total sobre asuntos de defensa, orden público y relaciones internacionales. ¿Quién debería alertar al jefe del Estado para que no se lo recuerde como el presidente de la censura? Cristina Pardo.

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