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8 p.m., 25 de mayo de 2005. Paola Rodríguez regresa del trabajo a su apartamento en La Floresta (Bogotá), donde la espera su hija de diez años, Karina Leal Rodríguez. Como de costumbre, la niña, alumna del Gimnasio San Rafael, está acompañada de su abuela materna, Neyda Suárez.
Después de llevar a la abuela a su casa, Paola y Karina regresan al apartamento. Se acuestan a dormir: “A las 11 p.m., me desperté. Escuché a mi hija quejándose, se había venido hasta mi cuarto ‘entredormida’. Se sentía mal. Se desmayó. Cuando me desperté, yo también estaba muy mal, no sabía si era un sueño o estaba despierta. Ella se cayó. Me desperté, me paré para alzarla y acostarla al lado mío. Al otro día, mi mamá nos encontró a las 7 p.m.”. (Nadie se había percatado de su ausencia pues suponían que estaban adelantando los trámites para renovar la visa de la niña, quien iría a visitar a su padre, Manuel Leal, separado de Rodríguez, entonces residente en Estados Unidos).
Las llevaron a la clínica. Karina estaba muerta. De acuerdo con un expediente posterior, inhaló monóxido de carbono.
El apartamento había sido arrendado en julio de 2004. Rodríguez no había hecho revisar el gas domiciliario puesto que el propietario (responsable de tal diligencia) nunca lo había solicitado.
Madre e hija vivían en un segundo piso, el cual permanecía cerrado por la seguridad y el clima. No obstante, aquella noche la ventana de la alcoba materna estaba abierta.
La familia emprendió acciones legales contra Gas Natural Fenosa. El juez 32 civil del circuito de Bogotá falló a favor de la gran compañía española.
Paola no solo perdió a su hija sino que, por cuenta del fallo, quedó debiendo dinero.
Esta abogada, con magíster en Derecho Penal y Política Criminal, hoy es fiscal seccional en Medellín. Más como ciudadana que como parte del sistema judicial, concluye: “Te sancionan como diciéndote ‘por acá no vuelvas’. Que quede públicamente conocido que aquí nadie puede venir a denunciar una empresa por la muerte de su familia”. De acuerdo con la actual defensa de Rodríguez, es evidente que “el ordenamiento jurídico le da ventajas al poderoso, a la empresa”.
Desde estos hechos, la normativa ha cambiado. En Medellín, por ejemplo, los usuarios recibimos con frecuencia la llamada de los proveedores para el servicio de revisión.
Pero las dudas permanecen: ¿hasta dónde confiar en la tercerización encargada de la revisión de los gasodomésticos?, ¿con qué frecuencia el juez en cuestión falla a favor de grandes compañías? Aunque ya prescribió la posibilidad para demandar a otros presuntos responsables (instalador, propietario del inmueble…), ¿están preparados para asumir sus responsabilidades quienes hacen parte de la cadena en la prestación de un servicio tan delicado como el suministro de gas natural?
La angustia producida por la revictimización llevó a Rodríguez a postergar sus asuntos personales, su vida. En la actualidad, busca que el tribunal revise la decisión, el reconocimiento de daños morales y emergentes (atención médica, exequias…).
Durante casi 13 años, esta mujer ha padecido una muerte —moral— lenta, bajo cuestionamientos sobre su posible negligencia. Paola ha cargado con la duda más dolorosa para cualquier madre: si cuidó bien de su (única) hija.