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Lo peor de la Fiscalía General de la Nación no son sus irregularidades, sino la frecuencia de las mismas.
La denuncia interpuesta por Juan Pablo Bieri, exgerente de RTVC, en contra de la periodista Diana Marcela Díaz, por su supuesta responsabilidad en el delito de utilización de asunto sometido a secreto o reserva (Código Penal, artículo 419), es un precedente peligroso. El alcance de esta discusión trasciende los límites de la libertad de prensa.
Hoy somos testigos no solo de la persecución penal contra quien revela los actos ilícitos de un funcionario, sino de la disposición de la institucionalidad —léase la Fiscalía— al servicio de un infractor con poder. Si RTVC aprueba la denuncia de Bieri, ello implica su aval a la instrumentalización del ente acusador para perseguir a quien desvele actos ilícitos en el sector público.
Si bien las organizaciones privadas pueden procurar la reserva de su información, las públicas solo lo deberían hacer excepcionalmente. Porque trabajan para los ciudadanos y con dineros de los contribuyentes, los entes públicos no pueden imponer a sus empleados una cláusula general de reserva y menos cuando se trata de ocultar actuaciones corruptas. La censura es corrupción, con un agravante en este caso: RTVC es el sistema de medios públicos, rige medios de comunicación.
Aunque todo nuevo gerente es libre de marcar sus directrices, la grabación de la reunión (en una entidad pública) revela un acto de censura: “Matamos la producción […] Él [Santiago Rivas, director de Los Puros Criollos] no tiene idea de lo que está diciendo y, segundo, se está burlando del Estado”.
Ahora, la personalización que permea el caso no es un asunto menor.
La denuncia de Bieri no busca proteger ningún interés público sino a sí mismo, a un individuo que fue gerente de RTVC. De igual manera, la censura fue dirigida contra un individuo (Santiago Rivas) por sus críticas públicas al Gobierno y no contra el contenido del programa Los Puros Criollos. Se trata de protección y ataques a personas, no hablamos ni de ideas ni de intereses superiores. Es la degradación del debate público.
Si el fundamento para la denuncia es la reserva de información del empleador, el interesado sería el sistema RTVC y no Bieri. El único “perjuicio” para el exgerente es que se divulgara su acción irregular. ¿Qué tipo de precedente buscamos?
El abogado Francisco Bernate dice que Bieri le otorgó el poder para representarlo siendo aún gerente de RTVC. No obstante, quien otorga un poder siendo gerente de una entidad no tiene por qué alegar posteriormente mantener un interés personal directo en el caso. Actualmente, Bieri es asesor de comunicaciones de la Presidencia.
¿Qué más se podía esperar de una entidad que mantiene en su sitio web, intacto, el comunicado de prensa 237 (octubre 19 de 2020), cuyo quinto punto versa: “La Fiscalía es respetuosa de la libertad de prensa y ha sido contundente en sus investigaciones contra este delito […]”?… ¿“Este delito”?
O presenciamos el ingreso de la libertad de prensa al Código Penal o estamos en manos de ineptos, incapaces hasta de redactar un comunicado. Me inclino por lo segundo… nada personal. Ni intransferible.