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La adopción y la Constitución

Columnista invitado EE
02 de septiembre de 2014 – 10:29 p. m.

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Vuelve a estar en la polémica nacional los temas relacionados con la familia, ahora a raíz de la sentencia de la Corte Constitucional sobre la adopción por parte de parejas del mismo sexo.

Lo cierto es que muchos de estos temas polémicos, como el aborto, la adopción y el matrimonio de parejas del mismo sexo, no fueron objeto de discusión en la Asamblea Nacional Constituyente de 1991.

No era necesario que fueran objeto de debate, como sucede con muchos otros temas. Una Constitución Política no puede ocuparse de todo. No es necesario. Las leyes y la jurisprudencia pueden perfectamente desarrollar cualquier tema que la sociedad demande, con base en los principios y los postulados que la Carta Magna define en un momento histórico. En el caso de la adopción de niños, por ejemplo, existen artículos superiores que perfectamente son suficientes para que los jueces puedan hacer justicia en caso que se requiera.

La vida, la dignidad humana, la solidaridad, la convivencia pacífica, las creencias y la intimidad personal y familiar son principios constitucionales que iluminan la decisión que acaba de tomar la Corte en el caso de la adopción. Debe, pues, entenderse que en una sociedad pluralista y diversa (como son todas las sociedades), no existen seres humanos con derechos privilegiados que puedan imponerse sobre los derechos de otros seres humanos que quedan así excluidos del conglomerado social. La igualdad en medio de la diversidad es la clave de la democracia. La adopción, figura muy antigua e institucionalizada desde el derecho romano, se ideó para darle familia a quien no la tenía. Los derechos y deberes de la familia cobijaban así al que estaba por fuera de esa institución, considerada desde entonces como el núcleo básico de la sociedad.

En la Antigüedad, además, la familia no era simplemente la pareja hombre y mujer, sino la comunidad de sentimientos y bienes que pudiera asegurar la vida y la herencia. Derechos y deberes tienen los padres, derechos y deberes tienen los hijos. No era un tema religioso. Tenía que ver con la dignidad humana. Hoy en día esa debe ser la clave para el adecuado entendimiento del problema: la dignidad. Que quienes decidan adoptar (sin importar el sexo) estén en capacidad moral e intelectual de hacerlo.

Que respondan ante sí y ante la sociedad por ese hecho, por los alimentos de los niños y por su cuidado. Que los acompañen con amor en la construcción de su futuro, tareas éstas que el Estado debe asegurar. Si la pareja es o no del mismo sexo es otra cosa. La responsabilidad de los padres no depende de su orientación sexual (que está en el plano de la intimidad), sino de algo más complejo. Consiste en asumir una tarea permanente llena de sacrificios y sin horarios donde está en juego el futuro de la sociedad. Por eso creemos que la Corte Constitucional acertó.

Ahora bien, promover referendos cada vez que no guste una decisión judicial, como se ha propuesto con ocasión de este fallo, no sólo es irresponsable con la democracia, sino con el futuro de todos esos niños que gracias a esta sentencia gozan de los derechos y deberes que implica vivir en familia.

*Abogado, exministro de Justicia, profesor de derecho romano.

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