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¿Totalitarismo judicial?

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La Corte Constitucional, con la tesis discutible de la sustitución de la Constitución, enterró una de las partes esenciales de la reforma sobre equilibrio de poderes, al declarar inexequible la creación del Consejo de Gobierno Judicial. Con la misma argumentación hará lo propio con el Tribunal de Aforados, que reemplaza a la inoperante y absurda Comisión de Acusación de la Cámara.

De mantenerse este Tribunal, carecerá de autonomía e independencia. Sus miembros serán postulados por la Judicatura que sobrevive, cuya Sala Disciplinaria depende de las Cortes a las que investigará. Todo queda en casa, en una reprochable reciprocidad de competencias interinstitucionales. Los miembros de las cortes, a excepción de la Constitucional, son postulados por la Judicatura. O sea: yo te postulo, tú me eliges. Yo te elijo y tú postulas a quien me investiga.

La Corte Constitucional decide sobre las demandas de inconstitucionalidad contra los actos reformatorios de la Constitución “sólo por vicios de procedimiento en su formación” (art. 241 C. P.). Sin embargo, desde hace varios años se abrió camino la jurisprudencia de los “vicios de competencia” y por esa tronera terminó examinando el fondo de las reformas constitucionales, violando la Constitución y menoscabando la función constituyente del Congreso. No sólo funge como tercera cámara sino que en más de un fallo ha actuado como poder constituyente originario y derivado.

La Corte ejerce poderes en forma omnímoda sin ninguna clase de control. Es tribunal de instancia y, como tal, revoca sentencias emanadas de distintas jurisdicciones. Ha relativizado los derechos adquiridos, haciendo desaparecer la seguridad jurídica. Ahora, y paradójicamente por voluntad del Congreso, la paz quedará en sus manos. El Acto Legislativo para la Paz aprobado la semana pasada le entrega el procedimiento legislativo especial. Ella revisará previamente el trámite de los proyectos de ley que serán de iniciativa exclusiva del Gobierno. Los decretos con fuerza de ley tendrán control automático posterior a su entrada en vigencia y habrá control de los actos legislativos que sean aprobados.

El Congreso, como institución vulnerada, en vez de mitigar la omnipotencia de la Corte poniendo freno a sus reiteradas extralimitaciones, lo que acaba de hacer es fortalecerla, al condicionar a su visto bueno la iniciativa legislativa y ampliar el control automático de constitucionalidad. El futuro del posconflicto y de la consolidación de la paz dependerá de la Corte Constitucional. Eso no puede ser posible en un Estado de Derecho Democrático. Definitivamente el mecanismo idóneo para reformar la justicia es una constituyente.

* Exsenador de la República

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