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Una alternativa peligrosa

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En su columna del 11 de enero el jurista Ramiro Bejarano planteó la revocatoria de los actuales magistrados de las altas cortes, con el fin de atajar el clientelismo que ha carcomido el prestigio del poder judicial.

 En sustento de su propuesta, el autor recuerda un episodio del año 1957, cuando la Junta Militar de Gobierno, después de la caída del general Rojas, relevó a todos los magistrados de la Corte Suprema de Justicia y del Consejo de Estado. Daniel Samper Pizano, en la coletilla de su columna del 18 de enero, apoya la propuesta de Bejarano y acude de nuevo al argumento histórico: “Merece abrirse paso la propuesta del jurista Ramiro Bejarano, quien propone imitar hoy lo que hizo el país al caer la dictadura de Rojas Pinilla en 1957”.

Sin embargo, esta propuesta es ética y políticamente inconveniente por un lado y, por el otro, hace un uso inexacto de la historia. El país no se encuentra en un tránsito de la democracia a la dictadura, por tanto, no es necesario utilizar medidas extremas que lesionan las instituciones y la moralidad pública. No es del todo preciso que la Corte Suprema de Justicia durante la dictadura estuviera “fletada” y que su revocatoria obedeciera al fin altruista de dar una mejor justicia a los colombianos de a pie.

Sugerir que el país debe imitar lo que sucedió en 1957 es anacrónico. Colombia no está haciendo tránsito de la dictadura a la democracia, por tanto, fórmulas como las que se utilizaron en aquel entonces no parecen ser las más idóneas para hacer cambios, pues existen dentro de la Constitución y la ley procedimientos que aseguran la posibilidad de hacer reformas democráticas y menos costosas institucionalmente que una pura y simple revocatoria general de los magistrados de las altas cortes. Hacerlo de otra forma es crear situaciones de hecho, que podrían percibirse como prácticas poco democráticas, como las que implementó Fujimori en el Perú, que culminaron con la destitución de los jueces del Tribunal Constitucional, o las de Lucio Gutiérrez en Ecuador, cuando intentó cesar a la Corte Suprema de Justicia a través de una iniciativa legislativa.

Esto me lleva al segundo argumento. La revocatoria de la Corte Suprema en el año de 1957 obedeció más al cumplimiento de los acuerdos del Frente Nacional que a un intento por hacer una justicia cercana a los ciudadanos. En efecto, la Comisión de Reajuste Institucional aconsejó a la Junta Militar la suspensión del mandato a toda la Corte Suprema, porque debía conformarse una nueva corte que representara “el equilibrio de los partidos en los cuerpos colegiados”, como lo enunció el acuerdo de Sitges. Por ende, decir que no hubo motivaciones políticas y que los nuevos magistrados fueron juristas totalmente independientes es falso, pues debían pertenecer obligatoriamente a uno de los dos partidos políticos para ser jueces de la corte.

Es mejor ser cuidadoso a la hora de proponer reformas de ese tipo, ya que resquebrajan el Estado de derecho y son perezosas, como si todo pudiera arreglarse al estilo de un computador que se formatea, además de moralmente cuestionables, pues fuera de la ley no es posible establecer un criterio razonable para saber si un tribunal debe ser revocado o no, a menos que se quieran dejar de lado las reglas de la democracia. A la historia hay que acercarse con rigor, de lo contrario se termina creando un mito que no permite acercarse a lo sucedido en 1957 de manera ponderada y, como dice el historiador Santos Juliá, un mito “no se estudia, se cree y se celebra”.

Camilo Castillo *

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