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¿Cadena perpetua para el aborto?

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Bajo este título, y sin interrogantes, salió un comentario de prensa en El Espectador (10/08/08), con el antetítulo “Propuesta de la Iglesia Católica”, en el cual a algo dicho a título personal se le daba esa dimensión.

Advertí allí que desde mi punto de vista, el aborto debe ser castigado también severamente, pues, por más sentencias favorables que se den, sigue siendo un homicidio al matar directamente un feto que tiene su propia personalidad desde su concepción, y es ser distinto de su propia madre. Frente a esa breve alusión a mi pensamiento, ha habido fuertes reacciones y duras descalificaciones, en el mismo diario, por quienes son defensores del aborto.

He advertido que al lado del justísimo reclamo de las más graves penas ante el horroroso caso de un papá que propició la muerte de su propio hijo de 11 meses se debía advertir que estamos “Entre crímenes y contradicciones” (título de otro artículo mío), pues hay ese clamor frente a tal crimen, pero al tratarse de acabar con la vida de un niño en el vientre materno, entonces, contradictoriamente, se declara reo de muerte a ese inocente, y se dice que su propia madre tiene “derecho” a pedir que lo maten.

Se objeta que si da esa autorización es para casos de grave emergencia y en defensa de “el goce efectivo de igualdad y seguridad social”, pero hay, en ese raciocinio, un grave error de quienes consideran al niño en gestación como parte del cuerpo de su madre, y que, por ello, puede disponer de él como se quiera, pues los humanos pueden amputarse el miembro que quieran. Pero la ciencia señala que el embrión humano es desde el principio “célula notable y única”, “ser humano único que nunca antes ha existido y que nunca existirá otro humano exacto a éste”. Así ha constatado, entre otros, el médico científico John C. Wilke, de prestigio internacional, conferencista en 67 países.

Que “se deben respetar las normas de un país” es cierto siempre y cuando esas normas no vayan contra la ley natural o principios sagrados de una persona, que se defienden aun a costa de la vida, y se está listo a sacrificarse antes que obedecer algo contra la conciencia, asunto defendido en la Constitución (Art. 18). En ella, cuando se señalaron los “derechos fundamentales” de los ciudadanos, el primerísimo fue que “el derecho a la vida es inviolable” (Art. 11). Faltó precisar que este ser humano es tal desde su concepción, por lo que la Corte Constitucional (05/10/06) dio la interpretación que ese derecho sagrado no existía en los niños en el vientre materno y, por ello, “despenalizó” darles muerte en tres circunstancias. Para rectificar una decisión de esas, queda sólo el recurso constitucional de un referendo (Arts. 155 y 378), forma democrática y no imposición religiosa. Si se estima oportuno convocar un referendo en defensa de la integridad y vida de los niños ya nacidos, ¿por qué no se puede, unido a ese o independiente, hacer la consulta popular sobre la matanza de los niños en el vientre materno?

Que el Estado colombiano “es laico” se argumenta, pero en un Estado laico, y aun en Estados con leyes totalmente adversas a todo principio religioso, los ciudadanos pueden y deben rebelarse ante disposiciones en las que se quiera obligar a leyes injustas y contrarias a la vida humana, los “derechos de uno van hasta donde comienzan los del otro”, y esto se aplica en el caso de la madre y el hijo que ha sido concebido en sus entrañas.

Términos desobligantes y arremetidas contra la Iglesia hay en otros escritos. Quien lea el contenido completo de mis razonamientos verá que no se trata, como se dice, de “oportunismo”, ni que son de “inconsistencia moral”, ni son incitaciones a “linchar a la gente”, sino defensa de los más débiles entre los débiles.

 Mons. Libardo Ramírez Gómez Presidente, Tribunal Ecco. Nacional. Bogotá.

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