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Por el derecho a estar informados

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El pasado 25 de abril el Senado aprobó en segundo debate el proyecto de ley estatutaria que reglamenta el derecho de acceso a la información.

Contrario a lo que han afirmado algunos periodistas, el propósito de la ley no es recortar derechos constitucionales al libre acceso a la información, sino ampliarlo y garantizarlo. El objetivo es combatir la cultura del secreto, de la opacidad y del manejo de la información pública como si fuera patrimonio de unos cuantos servidores públicos.

Además de una gran dispersión y desactualización normativa, Colombia está a la zaga frente a los estándares internacionales. Por ejemplo, la legislación existente no reconoce la autonomía del derecho de acceso a la información como derecho fundamental y no consagra la tutela cuando un funcionario niega el acceso a información pública por considerarla reservada (lo que sucede con mucha frecuencia, caso en el que se debe acudir al no muy eficaz recurso de insistencia).

El proyecto contempla un listado de sujetos obligados que no se restringe a las entidades estatales, pues la transparencia se debe aplicar a todo el que cumple funciones de autoridad, en nombre del Estado o al servicio de éste, incluso si se trata de una persona privada. De otra parte, expresamente se excluyó el ejercicio periodístico de esta obligación, por lo que las autoridades no podrán “meterse en los papeles de la prensa”.

Pero, ¿qué valor tiene una ley como la que se está discutiendo sin un órgano garante? Experiencias de países pioneros en la materia, como México y Chile, y la Ley Modelo Interamericana sobre Acceso a la Información, prevén la creación de un ente independiente y autónomo, encargado de implementar, promover, fiscalizar y garantizar el cumplimiento del derecho, como piedra angular del mismo. Sin éste, el pleno ejercicio de la libertad informativa y del derecho correlativo a ella corren graves riesgos.

El proyecto propone a la Procuraduría General como órgano garante del derecho de acceso a la información pública, lo que ha generado polémica entre algunos periodistas. Esta propuesta se basó en un análisis de las ventajas y desventajas de la institución, no de su actual representante. Actualmente, la Procuraduría ya cumple constitucionalmente funciones preventivas de garante de los derechos humanos, y vigila la conducta de funcionarios públicos y privados en ejercicio de funciones públicas con competencia nacional y representación regional.

La iniciativa legislativa propone que, por ejemplo, si un ciudadano no está satisfecho con la negativa a entregar información pública por parte de un funcionario, pueda pedirle a la Procuraduría que defina quién tiene la razón, pero también pueda solicitar simultáneamente a un juez que lo haga. Esto quiere decir que el ciudadano podrá interponer la tutela, pero también cuestionar la decisión de la Procuraduría ante un juez administrativo, lo que garantiza el pleno ejercicio del derecho.

Si se decide que la Procuraduría no es la entidad idónea para cumplir esta función, se debe pensar en otra alternativa. Porque sin órgano garante, el derecho de acceso a la información se convertirá en un saludo a la bandera.

* Directora ejecutiva de Transparencia por Colombia.

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