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Como todo mandatario en democracia contemporánea que reciba un fallo del poder judicial, el presidente Duque afirmó que su gobierno es respetuoso de tales decisiones. A renglón seguido, declaró que “impugnará la sentencia” 061 del 2 de julio, 2020, del Juzgado Sesenta y Uno (61) Administrativo del Circuito Judicial de Bogotá, que tuteló “los derechos fundamentales a la igualdad, libre desarrollo de la personalidad y libertad de locomoción, de los accionantes y adultos mayores de 70 años residentes y domiciliados en Colombia”. Está en todo su derecho. Más aún, la sentencia de la juez Edith Alarcón Bernal, finaliza advirtiendo que puede “impugnarse dentro de los tres días siguientes a su notificación”.
No obstante, la argumentación del mandatario para soportar la impugnación no luce tan democrática como lo anticipó. Enunciar la cuarentena permanente (e ilimitada?), para los longevos, porque la comisión de sus asesores en salud así lo determinaron, es desconocer que la razón también puede acompañar a los accionantes de la tutela, y a la juez que la falló en su favor. La verdad no es patrimonio exclusivo del gobierno. En democracia, los ciudadanos, y los jueces, deben ser escuchados y atendidos por los gobernantes.
Tampoco fue pertinente que Duque restringiera la dimensión de la tutela a la movilidad de los septuagenarios. De hecho, la tutela no fue interpuesta por un tema de salud. Más que asesores en salud, Duque requiere, en este caso, de constitucionalistas, que le permitan profundizar en el contenido primordial de la tutela: la violación al “derecho fundamental a la igualdad, y al libre desarrollo de la personalidad,” que implican el derecho al trabajo, para aquellos ciudadanos que están en capacidad de continuar con sus actividades anteriores a la pandemia.
Menospreciar el juicio intelectual de los adultos para autocuidarse y limitar su exposición al medio contaminante, es desconsiderado. Las campañas educativas deben más bien orientarse a los adultos jóvenes, que representan el mayor porcentaje de contaminados. El INS reporta que del total de confirmados, 159.898, 148.731 (93%), corresponden a la población entre 20 a 69 años de edad. (14-07-20). Los más jóvenes son los que irresponsablemente desatienden las medidas de autoprotección y se aglomeran en las calles y en recintos cerrados, sin las distancias requeridas. Con ese proceder pueden contaminar a los mayores.
Estos, por otra parte, han pagado su derecho a la salud, y si han contratado seguros de medicina prepagada con las EPS, año tras año, desde 1994, les incrementan el valor de las pólizas, así no hayan reclamado servicios en la vigencia anterior. En ese contexto, en caso de enfermedad, tienen el mismo derecho a ser atendidos en los servicios hospitalarios, que los demás ciudadanos. O es que el negocio del aseguramiento privado en que se convirtió la salud con La Ley 100, excluye a los septuagenarios en esta administración, dizque “para defender nuestro sistema de salud”? Lo que hay que evaluar es el rotundo fracaso del modelo, que, por los delitos cometidos con los dineros públicos pagados por los colombianos, no fortaleció la infraestructura hospitalaria para atender esta, o alguna otra emergencia sanitaria que sobrevenga.
La visión del ministro Ruiz sobre el fallo de la tutela es sesgado, al afirmar “que desconfigura de alguna manera todos los principios básicos de la salud púbica” (El Tiempo 08-7-20). La historia de 26 años del sistema de aseguramiento comercial demuestra que la salud pública quedó irremediablemente “desconfigurada” desde 1993, porque no es negocio rentable para las EPS. No hay como facturar la promoción, la prevención, la educación, o los factores condicionantes y determinantes de la salud-enfermedad, estos sí pilares fundamentales de la salud pública.
Duque dijo “que es respetuoso y entiende el fallo. Pero eso no quiere decir que el fallo no me parezca absurdo, contrario a la evidencia y contrario, además, a las recomendaciones científicas para mantener bajas tasas de mortalidad”.(El Tiempo, 08-07-20). Si le parece que es absurdo, no “respeta” ni “entiende” a los accionantes y a la juez de tutela. Las recomendaciones científicas a las que se refiere, serán las mismas que invocó Ruiz cuando declaró que para “Colombia se esperaban 5 millones quinientas mil hospitalizaciones y 300.000 fallecimientos por el COVID-19?”.
Parche I. Independiente de la edad, el riesgo de hospitalización por Covid-19, son las comorbilidades.
Parche II. Por analogía, para evitar accidentes, (hospitalizaciones), el gobierno debe prohibir la circulación de vehículos. (Encarcelamiento domiciliario de los longevos).