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Esta no es una encrucijada del alma, esta es una encrucijada financiera y jurídica que puede terminar de la peor forma, con la disolución de Millos, el equipo de fútbol más importante de Colombia, el de más arraigo y nombre en el exterior, y con su representante legal ante la justicia ordinaria.
Esta semana ha sido clave para marcar el derrotero del elenco azul. La junta de Vigilancia de la Ley 550 entendió que el proyectado contrato de Cesión de Activos y Pasivos que pretendían los dirigentes actuales de Millonarios no cumplía mínimas condiciones legales y objetó la decisión de la Asamblea Extraordinaria que hace un mes, en medio de la penumbra, todo bajo sospecha, había acordado convertir la Corporación sin ánimo de lucro, que debe un poco más de $26 mil millones, en una sociedad anónima. La jugada, sobre el papel, era maestra, y denotaba bien claro la intención de los proponentes de quedarse con todo, el lote y la marca, la más apetecida del mercado deportivo colombiano. Esta vez, los individuos que han llevado a Millos a una quiebra gigantesca, tiraron a llevarse el resto, cansados de las pingües ganancias que dejan los contraticos de jugadores, los porcentajes en taquillas, ropa, etc. Fueron por la carne, por la pulpa, el lote, llamado para todos los efectos, “la Guaca” de Fontanar y el nombre de Millonarios.
Como corporación sin ánimo de lucro, la venta del lote salva a Millos, alcanza para pagar las deudas y le da viabilidad institucional. A Ellos, usted sabe de quienes se habla, no les toca nada real y tangible. Si el lote lo vende una sociedad anónima de la cual ellos, los que han acabado con Millos, los que lo tienen al borde la desaparición, los que le deben plata a todo el mundo, los que están embargados, los que lo han saqueado, con un manejo desgreñado y sospechoso, recibirían grandes utilidades y ganancias pues pasarían sus aportes a la corporación como acciones en la sociedad.
Pero no contaron con la DIAN y ésta les hizo saber que no aprobaba el negociazo que pretendían, que los embargaba y que debían pagar $6.500 millones que deben, antes de cualquier otra cosa. Independiente del cobro que hará la DIAN de la millonaria deuda, pactada en la Ley 550, queda una inquietud para la Fiscalía. Cuando una persona natural o jurídica no cancela las retenciones en la fuente y tampoco cancela el IVA, se apropia de esos dineros que son del Estado, que pertenecen al fisco nacional, se incurre en una figura delictiva como es la omisión de agente retenedor, y la persona natural o el representante legal de la entidad, tienen una pena de cárcel. Eso dice el artículo 402 del Código Penal.
Millos puede y debe conseguir la plata para pagarle a la DIAN, pero ya la irregularidad de no pagar y apropiarse de los dineros del Estado fue cometida. Qué pensará la Fiscalía del tema.