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El 10 de diciembre de 2016 escribí una columna de opinión para este diario en la que conté lo ocurrido a la señora Carmen Beltrán Pájaro, una mujer negra, empleada del servicio doméstico en una casa de Cartagena de Indias: la tarde del 25 de noviembre del mismo año, Carmen fue obligada a retirarse del Club Naval Santa Cruz, de Castillogrande, mientras acompañaba al hijo de su empleadora en una fiesta infantil que se celebraba en ese lugar. Aquel hecho, que avergonzó profundamente a Carmen, no había sido un capricho del responsable de la vigilancia y seguridad de ese día en el club. La decisión de pedirle que se retirara estaba claramente justificada en el Reglamento de Centros de Recreación de la Armada Nacional, que en el artículo 47º decía que estaba “prohibido el ingreso de empleadas domésticas” —al igual que las mascotas— a las instalaciones de dichos lugares. Conté que la medida —en un espacio que pertenece a una institución pública adscrita al Ministerio de Defensa— no solo era clasista y sexista, sino también racista en una ciudad en la que la mayoría de las empleadas del servicio doméstico son negras.
Ese día Carmen lloró, pero no se quedó ahí, se secó las lágrimas y con valor interpuso una acción de tutela a través del abogado Kriss Urueta León, porque consideró que sus derechos habían sido vulnerados. La tutela falló a su favor. El fallo dice que con dicha acción el club violó los derechos de Carmen a “la igualdad, la no discriminación y de oficio”, y que había sido sometida a un “trato cruel, degradante e inhumano”. En consecuencia, ordenó a Leonardo Santamaría Gaitán —entonces comandante de la Armada Nacional— que retirara el mencionado artículo del reglamento de los centros de recreación de la Armada en todo el país, en un plazo no mayor a dos días, puesto que “vulneraba el principio de igualdad de las mujeres que ejercen el oficio de servicio doméstico”. También ordenaba que la gerente del club debía pedir disculpas públicas a Carmen través de un aviso en primera plana el día domingo en un periódico de difusión en Cartagena.
El aviso, bastante pequeño, por cierto, fue publicado en el diario El Universal, de Cartagena, pero si usted entra a la página oficial en la red del Club Naval Santa Cruz, de Castillogrande, la opción que dice “Reglamento” lo mandará a un archivo en formato PDF que es exactamente el mismo en el que se encuentra el polémico artículo 47º sin modificación alguna.

Quiero creer que el texto fue modificado porque entiendo que a la parte demandante se le deben mostrar pruebas de que se está cumpliendo con el fallo, pero me parece sumamente grave que la institución no se haya tomado el trabajo de retirar el viejo reglamento y poner a la vista de todos el nuevo. Si nos atenemos a lo que dice estrictamente el fallo del tribunal, estamos ante una acción de desacato y es una falta de respeto con Carmen y su reclamo valeroso por la dignidad de las empleadas domésticas. Es muy fácil perder la esperanza en un país al que le cuesta tomarse en serio los reclamos de reconocimiento simbólico y los derechos de los grupos más vulnerables. Estas acciones, infortunadamente, no están generando lo que deberían generar: un aprendizaje que nos permita transitar hacia la construcción de una sociedad más equitativa. Lo que hay es un cumplimiento parcial y mezquino, a regañadientes, que revela un trato irrespetuoso y soberbio con los más débiles.
Una sociedad sana debe prestarle atención al cumplimiento sincero de este tipo de fallos. Quizás así no tendríamos que escandalizarnos porque alguien derribó la estatua de un conquistador.