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De la ejecución extrajudicial

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Alejado de los estudios jurídicos, yo mismo me desautorizo para pontificar sobre el tema, ni siquiera tratándose de algo tan debatido en prensa como ha sido el fuero penal militar.

Con todo, cuando el abogado y periodista Gustavo Gallón increpa a sus lectores por no opinar en contra de la criatura que va saliendo, mal gestada en las comisiones del Congreso de la República, yo mismo, compañero que fui suyo de los viejos foros de derechos humanos, me he sentido aludido. Cómo no.

Tiempos aquellos en que concurríamos ciudadanos de todos los matices ideológicos, en amable camaradería: desde conservadores como Alfredo Vázquez Carrizosa o Gilberto Alzate Ronga, pasando por liberales nuevos como Luis Carlos Galán, o comunistas con sentido del humor, al estilo de Hernando Hurtado y Yira Castro, sin que faltaran dirigentes sindicales como Adalberto Carvajal Salcedo, amigo entrañable, o jesuitas como Alejandro Angulo. Médicos como Pepe Gutiérrez, abogados como Gabriel Ronderos Durán; mujeres de temple, al modo de Clara Nieto de Ponce o de María Elvira Samper. Y me quedo corto.

Valga una mención aparte de Alfredo Vázquez Carrizosa, excanciller de la República, quien vivió la suerte de Jimmy Carter, habiendo sido más brillante exfuncionario que funcionario. Vázquez, corriendo todos los riesgos, personificó, para la época del Estatuto de Seguridad, los derechos humanos y con el exprocurador Andrés Holguín derrotaron el fuero militar que regía entonces, bajo el cual se cometieron verdaderos desafueros.

Me desvié del tema. Quería decir solamente que no entiendo la inclusión del término “ejecución extrajudicial”, incorporado a la nueva ley. Díganme qué es ejecución extrajudicial. ¿Es que, acaso, existen entre nosotros ejecuciones judiciales? Que yo sepa, desde los fusilados en Barrocolorado, primera década del siglo XX, tiempos de Reyes, no ha habido más penas de muerte en Colombia.

La palabra “ejecución” no está llamada a significar cualquier homicidio. No se dice: fulano ejecutó a zutano para robarle. Ejecución es una orden de matar, en paredón o por cualquier atroz método, a una víctima, que, sobra decirlo, se halla indefensa.

Falsos positivos y atentados aleves como el perpetrado en Mario Calderón, su esposa y su suegro, no son, en rigor, ejecuciones. El viejo código los llama asesinatos, por su premeditación y alevosía. Ahora bien, si son cometidos por militares, con algún aparejo de su rango, son crímenes castrenses que, ni más faltaba, están por fuera del servicio y lejos del fuero en cuestión. El empleo de armas poderosas, el rompimiento de cerraduras con explosivos, no dan para que se agregue que las víctimas se hallaban en indefensión. Mucho menos que se adelantaba contra ellas proceso alguno judicial y, si lo hubiera, no conduciría a ejecución, inexistente en nuestro inventario penal.

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