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A mi correo llegó la siguiente consulta: ¿cuál es la diferencia entre «oferente» y «ofertante»? El primero se refiere al «que ofrece», mientras que el segundo habla del «que oferta». Así, es necesario preguntarnos por la diferencia entre esos verbos. Ambos han sido documentados por el Diccionario de la lengua española (DLE), que equipara «ofertar» con «ofrecer» en por lo menos cuatro acepciones. «Ofertar», en contextos comerciales, particularmente significa «ofrecer durante tiempo limitado algún producto en condiciones ventajosas para el comprador» o simplemente «poner un producto a la venta» (según el Diccionario de uso del español). En otros casos, como «comprometerse a dar algo» o «exponer cuánto se está dispuesto a pagar por algo», tanto «ofrecer» como «ofertar» son válidos, según el DLE. Eso sí, la academia española de la lengua ha advertido que la forma «ofertar» es más común en América, mientras que en España se prefiere casi siempre «ofrecer».
También me preguntaron por el verbo «incautar», pues a veces se usa como pronominal y a veces no. Lo cierto es que en varios diccionarios aparece documentado solamente como pronominal y cuyo complemento sí o sí debe introducirse con la preposición «de»: «Las autoridades se incautaron de toneladas de cocaína», por ejemplo. No obstante, como explica el Diccionario panhispánico de dudas, «por influjo de verbos sinónimos como “confiscar” o “decomisar”, hoy es frecuente, y se considera válido, su uso como transitivo: “Les incautaron tres dosis de cocaína”».