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Los cirujanos del país se encuentran preocupados por una reciente sentencia de la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, que dejó en firme la condena a un cirujano plástico por el delito de lesiones personales culposas, consistente en cuatro meses de prisión, suspensión del ejercicio de la medicina por un año, pago de una indemnización por $150 millones, multas e inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por el mismo término de la privación de la libertad.
De acuerdo con los datos contenidos en los documentos legales, se trata de una cirugía plástica realizada a una mujer en el año 2003, que incluyó varios procedimientos: implantación mamaria, inyección glútea y lipoescultura. En el posoperatorio se presentó lesión de la piel del abdomen, para la cual el cirujano indicó medidas que no controlaron la situación, pues evolucionó a una extensa necrosis cutánea con infección. Consultó a otros especialistas y requirió tratamiento hospitalizada con administración de antibióticos, lográndose finalmente la curación. Sin embargo, quedaron lesiones físicas de carácter permanente, por lo que a la paciente se le dictaminó una incapacidad definitiva de 45 días.
En un interesante y profundo escrito difundido por la Federación Médica Colombiana, titulado “El ejercicio de la cirugía se encuentra en peligro”, realizado por el doctor Fernando Guzmán Mora (médico cirujano, abogado y magistrado del Tribunal Nacional de Ética Médica) y sus colaboradores, se afirma: “El cuerpo médico nacional quedó atónito ante la severidad de las sanciones proferidas en contra del cirujano plástico y el nefasto antecedente que esta decisión jurídica va a causar en el ejercicio médico colombiano”. Y más adelante agrega: “En el fallo de la Corte, con ponencia del magistrado Augusto Ibáñez, se efectúan una serie de consideraciones jurídico-médicas que revisten especial gravedad, pues colocan a la medicina como una actividad peligrosa y determinan que la obligación en el posoperatorio no es de medios sino de resultados”.
Desde el punto de vista del derecho, la medicina ha sido generalmente catalogada como una actividad de medios y no de resultados. Esto resulta de la esencia misma del acto médico que tiene como escenario el organismo humano, que es un sistema extremadamente complejo, cuyas respuestas nunca son iguales y, por lo tanto, imposibles de predecir.
Es deber del médico actuar de acuerdo con el conocimiento científico, de manera diligente, responsable y prudente, haciendo todo lo que esté a su alcance para el bien de su paciente, a pesar de lo cual nunca podrá garantizar el resultado. Es por eso que debe informarle ampliamente sobre los posibles riesgos y complicaciones, que han de consignarse en el documento llamado “Consentimiento informado”.
En este caso, además del aspecto jurídico, sorprende la severidad de la pena cuando se la compara con las que vemos a diario que se aplican a verdaderos delincuentes que actúan con toda la intención de producir un daño en su víctima. En contraste el médico actúa de buena fe, tratando de ayudar al paciente y jamás pretendiendo causarle daño.
Ante estas circunstancias muchos cirujanos estarían considerando no aceptar casos difíciles o de alto riesgo en los cuales la posibilidad de un resultado adverso es mayor, otros incluso han pensado dejar la cirugía y no faltan los que dejarían la práctica de la medicina al verla convertida en una actividad peligrosa.
La medicina es esencial para la sociedad, por lo tanto no conviene que los médicos, ya desestimulados por el entorno adverso del sistema de salud, además se sientan amenazados por un ambiente jurídico con nuevos riesgos que podrían forzarlos a actuar de manera defensiva, lo cual resulta altamente inconveniente e indeseable.